Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Cómo deben ser contabilizados los derechos de uso de dominio de internet?
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Cómo deben ser contabilizados los derechos de uso de dominio de internet?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera menciona que, si una entidad adquiere un derecho de uso de dominio de internet, este debe ser registrado en la contabilidad como un activo intangible, conforme a lo indicado en la sección 18 del Estándar Internacional para Pymes, aplicado por las entidades del grupo 2.
Es importante tener presente que, cuando una entidad compra este tipo de activos debe pagar por la respectiva renovación de dominio, para poder seguir disfrutando del servicio.