Actualícese.com

Tratamiento contable del impuesto diferido en los contratos de arrendamiento

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Cómo se maneja el impuesto diferido en los contratos de arrendamiento?

Fecha de publicación: 24 de enero de 2018
Tratamiento contable del impuesto diferido en los contratos de arrendamiento
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

 

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Cómo se maneja el impuesto diferido en los contratos de arrendamiento?

Juan David Maya, contador público, docente, consultor en Normas Internacionales de Información Financiera e investigador adjunto del equipo de Actualícese, indica que en un contrato de arrendamiento existen dos figuras, el arrendador y el arrendatario, por tal razón de la postura que se tenga dependerá el tratamiento contable del contrato de arrendamiento.

Ahora bien, los contratos de arrendamiento pueden ser de dos tipos: contrato de arrendamiento financiero y contrato de arrendamiento operativo. En ese orden de ideas, si el contrato de arrendamiento en una pyme es operativo, esta no debe reconocer ni activos ni pasivos, pues solamente debe reconocer un gasto por arrendamiento, pero si se trata de un arrendamiento financiero, este da lugar al reconocimiento de un activo y un pasivo.