Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento contable y tributario de los gastos no bancarizados


Actualizado: 17 febrero, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Juan Fernando Mejía

¿Cómo se tratan contable y tributariamente los gastos no bancarizados? ¿Cuáles son los porcentajes que deben ser considerados en el cierre contable y fiscal?

Pregunta resuelta 10 de enero de 2021

En este consultorio, el Dr. Juan Fernando Mejía, especialista en Normas Internacionales e impuestos, menciona el artículo 771-5 del Estatuto Tributario, el cual menciona los medios de pago para efectos de la aceptación de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables, y hace un llamado a la auto auditoria tributaria.

Adicionalmente da a conocer mediante un ejemplo el tratamiento contable y tributario de los gastos no bancarizados y ayuda a que el contribuyente sepa diferenciar dichos gastos.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,