Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento de los pagos a seguridad social con el nuevo sistema de cedulación


Actualizado: 20 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

Si una persona natural paga seguridad social por los ingresos recibidos por cada cédula, ¿debe hacer el prorrateo para determinar qué valor puede tomarse como deducible en cada una de estas?

Resueltas julio 12 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que muchas personas se encuentran obligadas a realizar aportes al sistema de seguridad social, porque ejecutan quizá actividades a través de un contrato de trabajo o de un contrato de prestación de servicios.

Considerando lo anterior, surge una gran inquietud para aquellos que se encuentran obligados a declarar renta como persona natural, en relación a cómo deben manejarse los aportes a seguridad social a la hora de cumplir con dicha obligación tributaria.

Recordemos que a partir del año gravable 2017, las personas naturales deben clasificar sus rentas ordinarias en cinco cédulas, por las cuales se deberá pagar seguridad social. En las cédula de rentas de trabajo y la de pensiones resulta fácil identificar el valor a registrar como ingreso no gravado por concepto del pago de salud y pensión, de acuerdo con el artículo 55 y 56 del Estatuto Tributario, sin embargo no ocurre lo mismo si se recibe ingresos por arrendamientos o como comerciante, porque la seguridad social se paga en una misma PILA.

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