¿Cuál es el tratamiento del IVA descontable en una empresa que vende productos a la tarifa del 5% y 19%?
Resuelta 18 de mayo de 2017
El Dr. Diego Guevara menciona que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 485 del Estatuto Tributario, esto es:
“Art. 485. Impuestos descontables.
* -Modificado- Los impuestos descontables son:
Parágrafo. Los saldos a favor en IVA provenientes de los excesos de impuestos descontables por diferencia de tarifa, que no hayan sido imputados en el impuesto sobre las ventas durante el año o periodo gravable en el que se generaron, se podrán solicitar en compensación o en devolución una vez se cumpla con la obligación formal de presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios correspondiente al período gravable del impuesto sobre la renta en el cual se generaron los excesos.
La solicitud de compensación o devolución solo podrá presentarse una vez presentada la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.”
Adicionalmente se deben validar los artículos 815 y 850 del mismo estatuto.