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Tratamiento tributario de la adquisición de un leasing operativo

Si al adquirir un bien inmueble en el año 2013 por leasing operativo se reconoció en el activo solo la opción de compra y el valor declarado en renta en el año 2016 fue por el predial, ¿al hacer una operación de lease-back en noviembre de 2017, se generaría ganancia ocasional a futuro?

Resuelta 09  de noviembre de 2017

Fecha de publicación: 14 de noviembre de 2017
Tratamiento tributario de la adquisición de un leasing operativo
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si al adquirir un bien inmueble en el año 2013 por leasing operativo se reconoció en el activo solo la opción de compra y el valor declarado en renta en el año 2016 fue por el predial, ¿al hacer una operación de lease-back en noviembre de 2017, se generaría ganancia ocasional a futuro?

Resuelta 09  de noviembre de 2017

Diego Guevara, contador público, experto en temas contables y tributarios, e investigador adjunto del equipo de Actualícese, indica las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad deben declarar sus bienes raíces por el mayor valor entre el costo fiscal y el avalúo catastral, según lo que dispone el artículo 277 del Estatuto Tributario para este tipo de situaciones.

Recordemos que la figura de leaseback hace alusión a la venta de bienes inmuebles que posteriormente son tomados en arriendo por la misma persona que realiza la venta, y que esta figura puede estudiarse en el artículo 127-1 del Estatuto Tributario, disposición que fue modificada mediante el artículo 76 de la Ley 1819 de diciembre de 2016.