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Tratamiento tributario de pagos de medicina prepagada en declaración de renta de persona natural

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Cuál es tratamiento tributario de los gastos que asume una persona natural que declara renta por concepto de medicina prepagada?
Resuelta 22 de marzo de 2018

Fecha de publicación: 27 de marzo de 2018
Tratamiento tributario de pagos de medicina prepagada en declaración de renta de persona natural
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Cuál es tratamiento tributario de los gastos que asume una persona natural que declara renta por concepto de medicina prepagada?

Resuelta 22 de marzo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que las personas naturales residentes que están obligadas a declarar renta por el año gravable 2017, deberán aplicar el nuevo mecanismo de cedulación, el cual consta de cinco partes:

  • Rentas de trabajo
  • Pensiones
  • Rentas de capital
  • Rentas no laborales
  • Dividendos y participaciones

Es de anotar que, los pagos en que se incurre por concepto de medicina prepagada, pueden ser tomados como una deducción en la declaración de renta por aquellos contribuyentes a los cuales se les permite utilizar la cédula de rentas de trabajo, esto es: los asalariados y los que prestan servicios, que cumplan con los requisitos que fueron establecidos en el Decreto 2150 de diciembre 29 de 2017