Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Si una persona natural firmó un contrato por valor de 100 millones de pesos en 2017, y en 2018 se le realizó un ajuste a dicho contrato por valor de 30 millones de pesos, ¿la persona queda obligada a trasladarse al régimen común de IVA?
Resueltas 19 de abril del 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, aclara que las personas naturales que operan en el régimen simplificado de IVA, cuando firman un contrato que supera las 3500 UVT, deben pasarse al régimen común de IVA, de conformidad con lo establecido en el artículo 499 del Estatuto Tributario.
Es de anotar que, si el contrato fue firmado, por ejemplo, en el año gravable 2017, por un valor inferior a las 3500 UVT, pero posteriormente al contrato inicial se le realizó un ajuste que supera dicho monto, de igual forma nace para el contribuyente persona natural la obligación de trasladarse al régimen común de IVA.