Si dos hermanos adquieren una vivienda, el uno asume el crédito y al otro se le incrementa el patrimonio al declarar el 50%, ¿cómo se puede justificar?, ¿se puede incrementar el valor de un inmueble de un año a otro por fuera de los porcentajes establecidos?
Resuelta el 17 de agosto de 2017.
Si dos hermanos adquieren una vivienda, el uno asume el crédito y al otro se le incrementa el patrimonio al declarar el 50%, ¿cómo se puede justificar?, ¿se puede incrementar el valor de un inmueble de un año a otro por fuera de los porcentajes establecidos?
Resuelta el 17 de agosto de 2017.
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, señala que si dos hermanos han decidido comprar una casa en compañía, pero solo uno aparece como titular del crédito que se realizó para pagar la casa, lo que se puede hacer es registrar un pasivo en la declaración de renta de quien no quedó como responsable del crédito, situación que es perfectamente permitida por las normas tributarias.
Igualmente, es pertinente mencionar que cuando un bien es comprado junto con otras personas, quien tenga la obligación de declarar renta como persona natural deberá tomar el valor según el porcentaje que le corresponda.