Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento tributario de los gastos cancelados entre varias empresas


Actualizado: 15 mayo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

Las empresas A, B y C comparten gastos por concepto de servicios públicos, arrendamiento, administración, recepcionista y mensajero, sin embargo,  las respectivas facturas llegan a nombre de la empresa A y posteriormente esta recauda la parte de B y C vía cuenta de cobro. En ese caso, ¿Solo A puede tomarse los respectivos beneficios tributarios?, ¿Cómo se haría el reporte en exógena? 

Resueltas el 10 de mayo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que varias empresas pueden tomar la decisión de compartir costos o gastos. Sin embargo, si solo una de estas fue la que inicialmente incurrió en el gasto, y hasta efectuó el proceso de retención en la fuente, para efectos fiscales será dicha entidad la que tendrá la obligación de reportar todo el gasto.

Es de anotar que la empresa que incurrió en el gasto puede adelantar el proceso de reintegro de dichos valores mediante una cuenta de cobro, porque, en este caso en particular, no se requiere la emisión de factura.

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