Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

«Una reforma que fija un aumento de tres puntos en el IVA, con aplicación inmediata, es regresiva»


«Una reforma que fija un aumento de tres puntos en el IVA, con aplicación inmediata, es regresiva»
Actualizado: 22 agosto, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Estrategia para cumplir la meta de recaudo de 2017
  • Sobre el tema se consultó: el director de la DIAN ha manifestado que es probable que la meta de recaudo para este año no se cumpla. ¿Qué estrategia se debería implementar para lograrla?
  • Evasión, un posible obstáculo a la meta de recaudo
  • Otro asunto sobre el que se le preguntó a Gustavo Humberto Cote Peña fue el siguiente: el Gobierno fija sus cifras con el Marco fiscal de mediano plazo y parte del recaudo de impuestos ya se cumplió. ¿Considera que en este segundo semestre se logrará la meta o la evasión de impuestos será un obstáculo?
  • ¿Conjunto de ajustes o reforma tributaria estructural?, ¿cómo definiría el sistema tributario nacional?
  • ¿Piensa que esta reforma tributaria es regresiva?
  • ¿Qué temas de la reforma faltan por reglamentar y que desde su punto de vista son urgentes?

Gustavo Humberto Cote Peña, exdirector de la DIAN, aseguró en diálogo exclusivo con Actualícese que mucha de la normatividad que presenta la reforma tributaria estructural está plagada de ilegalidad. Es así como prevé que podrían llegar demandas de nulidad ante el Consejo de Estado.

Estrategia para cumplir la meta de recaudo de 2017

Sobre el tema se consultó: el director de la DIAN ha manifestado que es probable que la meta de recaudo para este año no se cumpla. ¿Qué estrategia se debería implementar para lograrla?

Respecto al interrogante, Cote considera que no le queda camino diferente a la DIAN que poner en marcha un agresivo plan de fiscalización, para presionar la corrección de incumplimientos y el pago de impuestos en forma correcta por parte de quienes los evaden o eluden. Algunos programas a poner en práctica podrían ser:

Realizar actividades masivas de control en forma simultánea en diferentes ciudades con el fin de hacer presencia en la mayor cantidad de establecimientos comerciales del país y así verificar el cumplimiento de la obligación de facturar y de cobro del IVA, promocionando su cobertura y resultados en forma amplia en los medios de comunicación. En esta forma se genera riesgo subjetivo en toda la sociedad.

De igual forma, debería utilizar herramientas con las que cuenta hoy para identificar casos de evasión fiscal mediante conductas que en muchos casos se ubican en el ámbito del Código Penal. Un ejemplo, el simple cruce de los pagos reportados por compras de bienes y servicios con IVA en la información exógena que percibe la DIAN todos los años, con la base de datos de los declarantes de IVA, permite ubicar fácilmente casos en los que se vienen utilizando, a espaldas de sus dueños, empresas inactivas para soportar costos y gastos ficticios.

En el ámbito del impuesto sobre la renta, cruzar la información de comercio exterior percibida vía cumplimiento de las obligaciones aduaneras o de operaciones cambiarias reportadas ante el Banco de la República, con las declaraciones de renta de los contribuyentes más grandes del país y los sistemas de la DIAN. Con seguridad esta clase de cruces permitirá identificar empresas con importantes movimientos de dinero en transacciones internacionales que podrían no estar cumpliendo con las obligaciones de precios de transferencia, además permitirá identificar establecimientos permanentes ubicados en el país que pertenecen a empresas extranjeras.

Introducir un control especial a las auditorías de fondo que se adelantan normalmente dentro de los programas de fiscalización en marcha, con una selección aleatoria de los casos para someterlos a una validación de campo de las conclusiones contenidas en los reportes que rindan sobre tales actuaciones los funcionarios inicialmente comisionados para llevarlas a cabo. Estas verificaciones deberían realizarse por un grupo élite especial integrado por funcionarios técnicamente preparados ajenos a la administración que las realiza. De esta forma se garantiza crear también riesgo subjetivo al interior de la entidad para evitar conductas asociadas con la corrupción.

Finalmente, introducir controles internos más eficientes en asocio con las autoridades judiciales y de Policía, a las actuaciones de los funcionarios que ejercen control aduanero en los principales puertos y aeropuertos.

Evasión, un posible obstáculo a la meta de recaudo

Otro asunto sobre el que se le preguntó a Gustavo Humberto Cote Peña fue el siguiente: el Gobierno fija sus cifras con el Marco fiscal de mediano plazo y parte del recaudo de impuestos ya se cumplió. ¿Considera que en este segundo semestre se logrará la meta o la evasión de impuestos será un obstáculo?

Los altos niveles de evasión existentes en nuestro país, según lo expresado por el ministro de hacienda como fundamento de la última reforma tributaria, naturalmente denotan un obstáculo para el logro de las metas recaudatorias. Por ello, deben adoptarse estrategias urgentes como las anteriormente indicadas.

¿Conjunto de ajustes o reforma tributaria estructural?, ¿cómo definiría el sistema tributario nacional?

“Las disposiciones tributarias deben ser bien simples, de forma que la generalidad de los contribuyentes las entienda”

Para Cote, el sistema tributario nacional es muy complejo. La reforma tributaria del año pasado introdujo ingredientes de mayor dificultad. Las disposiciones tributarias deben ser bien simples, de forma que la generalidad de los contribuyentes las entienda. Sin embargo, estamos aún muy lejos de contar con esta facilidad.

La nueva regulación del impuesto sobre la renta quedó redactada de una forma que obliga a cualquier contribuyente a tener que pagarle a un contador para entenderlo. La sola ley de reforma comprendió 376 artículos, pero no entregó al país un Estatuto menos voluminoso. Si un ciudadano busca cualquier publicación de este estatuto actualizado a la fecha, va a encontrarse con un libro de más de 1000 páginas y si supera la sorpresa de su extensión y pasa a leerlo, con absoluta seguridad no va a entender nada por lo fragoso de su contenido. Lo anterior, sin sumarle los decretos reglamentarios que están por expedirse que, en su gran mayoría, están redactados con una gran cantidad de artículos.

No obstante lo anterior, hay que reconocer que con la reforma quedaron plasmados algunos elementos que, mirados puntualmente, sí representan un avance en ciertos aspectos. Por ejemplo, la eliminación de los sistemas IMAN e IMAS, la unificación del CREE y el impuesto sobre la renta en un solo tributo, el gravamen a los dividendos, las herramientas de control a la tributación internacional.

¿Piensa que esta reforma tributaria es regresiva?

Una reforma en la cual se fija un aumento de 3 puntos para la tarifa del IVA con aplicación inmediata, naturalmente es regresiva. Si a esto se le suma el tímido impuesto que se estableció a los dividendos en contraste con las bases gravables limitadas en su depuración, que se fijaron para las rentas de los trabajadores con menores ingresos, no puede predicarse que se haya tratado de una reforma propiamente progresiva.

¿Qué temas de la reforma faltan por reglamentar y que desde su punto de vista son urgentes?

Existen varios decretos cuyos proyectos fueron publicados para comentarios hace ya varias semanas y aún no han sido expedidos. Temas como los relativos a la tributación de las personas naturales, al pago de obras con impuestos, al régimen tributario especial, al régimen de precios de transferencia, a las conciliaciones contables y fiscales, al IVA, entre otros, deberían haber sido reglamentados desde hace un buen tiempo. Son todos de urgencia y necesarios para que los contribuyentes puedan aplicar las normas de la reforma o prepararse para cumplirlas durante el presente año.

Pero lo más grave es que la gran mayoría de los proyectos publicados están plagados de ilegalidades. Pareciera que los funcionarios que los prepararon perdieron de vista que por norma constitucional quien hace las leyes es el Congreso de la República y no quienes integran los despachos del Ministerio de Hacienda.

Si las versiones finales expedidas no llegan a contar con los ajustes necesarios para superar estas irregularidades, que han sido advertidas por diferentes caminos al señor ministro, es fácil anticipar una avalancha de demandas de nulidad ante el Consejo de Estado, contra varias de las normas que se profieran, con la consecuente congestión de los despachos judiciales y en perjuicio de la oportuna administración de justicia.

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