El valor razonable es el precio por el cual un vendedor y un comprador debidamente informados intercambiarían un bien bajo condiciones normales. A continuación, abordamos las características del avalúo catastral para identificar si esta podría ser una medida correcta del valor razonable de un bien.
El valor razonable es el precio por el cual un vendedor y un comprador debidamente informados intercambiarían un bien bajo condiciones normales.
A continuación, abordamos las características del avalúo catastral para identificar si esta podría ser una medida correcta del valor razonable de un bien.
A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: Teniendo en cuenta que no se poseen suficientes recursos económicos para contratar un perito, ¿se puede usar como valor razonable de una edificación el avalúo catastral de un bien?
Para resolver esta pregunta iniciamos aclarando que el valor razonable de un bien es el precio por el cual el vendedor y el comprador estarían dispuestos a intercambiar un bien en condiciones de igualdad y en circunstancias normales.
Respecto al valor del avalúo catastral, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, en su Concepto 360 del 8 de noviembre de 2018, expresa que este valor no puede ser una medida fiable del valor razonable de un bien inmueble, porque no se define atendiendo los criterios establecidos por el mercado. En ese sentido, no reflejaría adecuadamente el importe del activo y no sería una medida fiable de su valor.
Ahora bien, si una entidad requiere realizar la medición del valor razonable de un activo puede considerar contratar un perito o realizar otra estimación por su cuenta, dado que los Estándares Internacionales no señalan que es obligatorio contratar a dicho profesional.
No obstante, podría ser más conveniente para una entidad que no pueda medir sus edificaciones por el modelo de revaluación sin costo o esfuerzo desproporcionado, aplicar el modelo del costo, documentando adecuadamente la relación beneficio-costo de la elección de esta política contable.
A continuación, podrás estudiar de primera mano, con el Dr. Juan David Maya, experto consultor de Estándares Internacionales de información financiera, la forma en que deben ser realizados los avalúos en entidades del grupo 2:
Puedes profundizar en este tema en nuestro análisis Valor razonable de una propiedad de inversión: ¿qué hacer si no es posible estimarlo? y Modelo de revaluación en diferentes clases de activos de propiedades, planta y equipo.