Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Valorización de propiedad intelectual en la generación de software


Valorización de propiedad intelectual en la generación de software
Actualizado: 18 octubre, 2017 (hace 7 años)

Cuando una empresa considere que un software que ha desarrollado puede presentar una valorización, no debe reconocer en los estados financieros este mayor valor del intangible. En este editorial se explica, de acuerdo a los Estándares Internacionales, porque se llega a esta conclusión.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿Bajo Estándares Internacionales una empresa puede realizar valorización de la propiedad intelectual en la generación de productos y desarrollo de software los cuales en un futuro serán vendidos a sus clientes?

Para dar respuesta a la inquietud se realiza la presunción de que la propiedad intelectual desarrollada por la empresa es reconocida como intangible “activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física”; de ser así, no se puede revaluar, dado que los Estándares Internacionales no permiten que la estimación de un mayor valor de un intangible desarrollado se lleve como costo del mismo.

Grupo 1

Una empresa del grupo 1 puede hacer valorización de un intangible siempre y cuando este tenga un valor de mercado, pero si la empresa diseñó y elaboró un software no puede realizar una medición a valor razonable, dado que es un software desarrollado por ella misma; en este caso, la medición debe realizarse al costo (precio de adquisición, incluyendo aranceles de importación, impuestos no recuperables y deducción de descuentos y rebajas comerciales), se deben capitalizar las erogaciones en las que haya incurrido para la elaboración del software, entre estas están:

  • Montos pagados por honorarios a ingenieros
  • Salarios a empleados que hagan parte de la elaboración del intangible
  • Costos para comprobar que el software funciona
  • Aplicaciones que se hayan comprado para incluirlas en el software

Recordemos esto: nunca una valoración de un software desarrollado generará un mayor valor en los estados financieros.

Grupo 2

Para las Pymes la norma no especifica que se pueda realizar este tipo de valoraciones, pero sí especifica que los intangibles siempre se medirán al costo, por tanto, se puede reconocer como valor del software el costo al momento de adquisición y los costos incurridos para crearlo, como se mencionó en anteriores párrafos.

Así mismo, hay que tener en cuenta que no importa el alto valor por el que pueda venderse el activo o si la expectativa del precio de venta del mismo a futuro tiende a incrementarse, en ambos casos la situación seguirá siendo la misma.

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