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Vencimientos para presentar la declaración de activos en el exterior inician el 9 de agosto


Vencimientos para presentar la declaración de activos en el exterior inician el 9 de agosto
Actualizado: 29 julio, 2016 (hace 8 años)
“Las personas naturales que al 1 de enero del 2016 tuviesen activos en el exterior, tales como cuentas bancarias, inversiones, cuentas por cobrar, entre otros, deberán presentar la declaración informativa anual de activos en el exterior”

Mediante el artículo 43 de la Ley 1739 del 2014, el cual adicionó el artículo 607 al ET, el Gobierno Nacional estableció que las personas naturales y jurídicas domiciliadas en Colombia, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario y que posean activos en el exterior al 1 de enero de cada año, deben informarlos mediante la presentación de la declaración anual de activos en el exterior.

Las personas naturales que al 1 de enero del 2016 tuviesen activos en el exterior, tales como cuentas bancarias, inversiones, cuentas por cobrar, entre otros, deberán presentar la declaración informativa anual de activos en el exterior. Respecto a la información a diligenciar en dicha declaración, es necesario observar las disposiciones del artículo 607 del ET, el cual menciona que si los activos superan el equivalente a 3580 UVT, se deberá informar el valor patrimonial, la jurisdicción donde están localizados, la naturaleza y el tipo; en caso de que los activos superen el límite mencionado, se deberá reportar el valor patrimonial de los activos y la jurisdicción donde están ubicados.

Por otra parte cabe señalar que a diferencia del 2015, que fue el primer año en el cual se presentó esta declaración, para el 2016 el Gobierno Nacional mediante el artículo 24 del Decreto 2243 del 2015 (Calendario Tributario 2016), estableció los vencimientos para presentarla de acuerdo con el tipo de declarante. Así pues, las personas jurídicas y los grandes contribuyentes debieron presentar la declaración de activos en el exterior en una fecha, y las personas naturales deberán hacerlo en otra.

De acuerdo con el artículo 24 del Decreto 2243 del 2015, las personas naturales que hayan poseído activos en el exterior al 1 de enero del 2016 deberán presentar la declaración informativa de activos en el exterior a más tardar en las fechas que se indican a continuación, teniendo en cuenta los dos últimos del NIT que figuran en el RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación:

Si los dos últimos
dígitos son

Hasta el día

Si los dos últimos
dígitos son

Hasta el día

99 y 00

 9 de agosto del 2016

49 y 50

14 de septiembre del 2016

97 y 98

10 de agosto del 2016

47 y 48

15 de septiembre del 2016

95 y 96

11 de agosto del 2016

45 y 46

16 de septiembre del 2016

93 y 94

12 de agosto del 2016

43 y 44

19 de septiembre del 2016

91 y 92

16 de agosto del 2016

41 y 42

20 de septiembre del 2016

89 y 90

17 de agosto del 2016

39 y 40

21 de septiembre del 2016

87 y 88

18 de agosto del 2016

37 y 38

22 de septiembre del 2016

85 y 86

19 de agosto del 2016

35 y 36

23 de septiembre del 2016

83 y 84

22 de agosto del 2016

33 y 34

26 de septiembre del 2016

81 y 82

23 de agosto del 2016

31 y 32

27 de septiembre del 2016

79 y 80

24 de agosto del 2016

29 y 30

28 de septiembre del 2016

77 y 78

25 de agosto del 2016

27 y 28

29 de septiembre del 2016

75 y 76

26 de agosto del 2016

25 y 26

30 de septiembre del 2016

73 y 74

29 de agosto del 2016

23 y 24

3 de octubre del 2016

71 y 72

30 de agosto del 2016

21 y 22

4 de octubre del 2016

69 y 70

31 de agosto del 2016

19 y 20

5 de octubre del 2016

67 y 68

1 de septiembre del 2016

17 y 18

6 de octubre del 2016

65 y 66

2 de septiembre del 2016

15 y 16

7 de octubre del 2016

63 y 64

5 de septiembre del 2016

13 y 14

10 de octubre del 2016

61 y 62

6 de septiembre del 2016

11 y 12

11 de octubre del 2016

59 y 60

7 de septiembre del 2016

09 y 10

12 de octubre del 2016

57 y 58

8 de septiembre del 2016

07 y 08

13 de octubre del 2016

55 y 56

9 de septiembre del 2016

05 y 06

14 de octubre del 2016

53 y 54

12 de septiembre del 2016

03 y 04

18 de octubre del 2016

51 y 52

13 de septiembre del 2016

01 y 02

19 de octubre del 2016

 

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