Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
La Resolución Dian 000064 de 2020 prescribió el formato 2669 v. 1, en el que los comerciantes que efectuaron ventas exentas del IVA el 19 de junio y el 3 de julio deberán presentar, a más tardar en agosto 31 de 2020, el reporte total de dichas ventas, tal como lo estableció el Decreto Ley 682 de 2020.