Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ventas de los días sin IVA se reportarán a la Dian en agosto de 2020 con el formato 2669


Ventas de los días sin IVA se reportarán a la Dian en agosto de 2020 con el formato 2669
Actualizado: 6 agosto, 2020 (hace 4 años)
La Resolución Dian 000064 de 2020 prescribió el formato 2669 v. 1, en el que los comerciantes que efectuaron ventas exentas del IVA el 19 de junio y el 3 de julio deberán presentar, a más tardar en agosto 31 de 2020, el reporte total de dichas ventas, tal como lo estableció el Decreto Ley 682 de 2020.

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