Con la Resolución 000070 de octubre 28 de 2019 la Dian señaló a los contribuyentes obligados a reportar o presentar la información exógena por el año gravable 2020. Esta normativa fue modificada parcialmente por la Resolución 000023 de marzo 13 de 2021. Conoce algunos aspectos inherentes al tema.
Con la Resolución 000070 de octubre 28 de 2019 la Dian señaló a los contribuyentes obligados a reportar o presentar la información exógena por el año gravable 2020. Esta normativa fue modificada parcialmente por la Resolución 000023 de marzo 13 de 2021. Conoce algunos aspectos inherentes al tema.
Las personas naturales y jurídicas señaladas solicitadas por la Dian, y que no reporten la información exógena, medios magnéticos, o que reporten con errores, dan lugar a que se imponga la sanción del artículo 651 del Estatuto Tributario.
A continuación, te presentamos 6 respuestas importantes que te ayudarán a resolver inquietudes relacionadas con este tema:
Novedades en sanciones aplicables al suministro de exógena año gravable 2020
En el siguiente video, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, señala las sanciones aplicables al suministro de información exógena correspondiente al año gravable 2020 mediante el artículo 47 de la Resolución 000070 de 2019.
No olvides visitar nuestra publicación Matriz de categorías de informantes de exógena por el año gravable 2020 y los formatos que deben usar, donde podrás encontrar fácil y rápido todos los formatos de exógena para el año gravable en curso.
Cuidados que deben tener los contribuyentes del SIMPLE al presentar la exógena 2020
A continuación, el Dr. Diego Guevara da a conocer la cantidad de personas naturales y jurídicas que pertenecen a la fecha al régimen simple de tributación señalados en la Resolución 000024 de marzo 15 de 2021.
Adicionalmente, menciona los cuidados que deben tener los contribuyentes pertenecientes al régimen simple de tributación, para los cuales se vencen primero el plazo para presentar la información de exógena del año gravable 2020 ante la Dian y luego la presentación de la declaración anual consolidada del SIMPLE, la cual se trasmite mediante el formulario 260.
No lo olvides, en nuestro análisis Información exógena: novedades normativas, guías y mucho más podrás encontrar todo lo que necesitas saber sobre los reportes de información exógena del año gravable 2020
Reporte de las cesantías consignadas en la información exógena 2020
Mediante el artículo 27 del Estatuto Tributario, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica si los contribuyentes deben reportar bajo el concepto 5016 del formato de información exógena 1001 las cesantías consignadas al fondo en febrero del 2020.
Es importante mencionar que los plazos establecidos por el artículo 45 de la Resolución 000070 del 2019 para presentar la información exógena del año gravable 2020 ante la Dian fueron modificados recientemente por la Resolución 000038 de 2021.
Información exógena por sucesiones ilíquidas del año gravable 2020
Las sucesiones ilíquidas corresponden al total de todos los bienes y deudas, incluidas las rentas, de una persona natural que ha fallecido pero que sus bienes y deudas no han sido adjudicados a sus herederos o legatarios.
Ahora bien, en esta publicación se dan a conocer las obligaciones tributarias de las sucesiones ilíquidas; además, se menciona si dichas sucesiones son solicitadas por la Dian para presentar la información exógena correspondiente al año gravable 2020 y bajo qué concepto se debe realizar.
Para tener al alcance los plazos establecidos para presentar las obligaciones tributarias del año gravable en curso, te invitamos a consultar nuestro Calendario tributario 2021.
Reporte de tarjetas de regalo en la exógena 2020
El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica para qué se deben implementar los nuevos conceptos 4014, 4015 y 4016 de la información exógena del año gravable 2020 presentados mediante la Resolución 000023 de marzo 12 de 2021.
Adicionalmente, explica qué partidas contables tienen o no efecto fiscal según lo establecido por el artículo 28 del Estatuto Tributario.