Por deudas generales o por deudas relacionadas con alimentos o cooperativas, un juez puede ordenar el embargo del salario de un trabajador.
Embargos por deudas generales
Nacen por el incumplimiento de obligaciones como son un crédito bancario, una letra, cheque sin fondos, las deudas personales.
En este tipo de deudas se embarga el 20% del monto que exceda el salario mínimo.
Sobre la conferencia…
Por deudas generales o por deudas relacionadas con alimentos o cooperativas, un juez puede ordenar el embargo del salario de un trabajador.
Embargos por deudas generales
Nacen por el incumplimiento de obligaciones como son un crédito bancario, una letra, cheque sin fondos, las deudas personales.
En este tipo de deudas se embarga el 20% del monto que exceda el salario mínimo.
Embargos por deudas de alimentos o cooperativas
En este caso el juez ordena el cumplimiento de la obligación de alimentos mediante el embargo del salario, sin exceder del 50% de lo devengado.
Datos de interés
Sobre el conferenciante…
Alexander Coral Ramos, abogado, experto en Derecho Laboral, Seguridad Social y Derecho Comercial con dos posgrados, especialista en Derecho Constitucional y Derecho Administrativo. Docente en pregrado y posgrado en varias universidades del país. Conferenciante del portal actualicese.co
Autor de las publicaciones “Guía Avanzada de Derecho Laboral y Seguridad Social”, “Impacto de las Sentencias de la Corte Constitucional en el mundo laboral colombiano”, “Régimen de Propiedad Horizontal” y centenares de editoriales y artículos sobre Derecho Laboral y Seguridad Social en revistas universitarias, Cámara de Comercio de Cali y periódicos regionales.
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