Existen operadores autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social para el manejo de la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila–.
Conozca dichos operadores, aspectos referentes al reporte de novedades, y las fechas límite de pago de aportes a seguridad social para independientes.
Existen operadores autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social para el manejo de la planilla integrada de liquidación de aportes –Pila–.
Conozca dichos operadores, aspectos referentes al reporte de novedades, y las fechas límite de pago de aportes a seguridad social para independientes.
La planilla integrada de liquidación de aportes –Pila–, es un mecanismo virtual a través del cual se hace efectivo el pago de aportes a seguridad social. La Pila es administrada por una serie de operadores autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Conozca a continuación aspectos referentes al reporte de correcciones en la Pila, a dichos operadores y las fechas límite para el pago de aportes a seguridad social.
Al momento de realizar aportes a seguridad social, un trabajador independiente podría omitir el reporte de alguna novedad (como una licencia, incapacidad, retiro, etc.) por desconocimiento, porque no lo recordó o por cualquier otra circunstancia.
Esta acción tendrá una repercusión en el sistema de seguridad social, por ejemplo, que el trabajador entre en mora o que sea calificado como inexacto por reportar un ingreso base de cotización –IBC– más bajo del que le corresponde.
Para situaciones como las anteriores, la Pila comprende la Planilla N, por medio de la cual el trabajador puede realizar las correspondientes correcciones.
Dicha planilla comprende dos modalidades, a saber:
En nuestra cartilla práctica Seguridad social de trabajadores independientes podrá analizar con mayor profundidad el reporte o corrección de novedades en la Pila de un trabajador independiente, bien sea prestador de servicios, trabajador por cuenta propia o rentista de capital ¡Descárguela ahora!.
Para efectos del pago de aportes a seguridad social, un trabajador independiente debe hacer uso de uno de los siete (7) operadores autorizados por el Ministerio de Salud y Protección Social para el manejo de la Pila.
En nuestra cartilla práctica Seguridad social de trabajadores independientes le contamos cuáles son dichos operadores autorizados y el paso a paso que deberá seguir para suscribirse en cada uno de ellos:
Es importante que antes de escoger alguno de dichos operadores, el trabajador verifique en la página del Minsalud si aún se encuentran autorizados o si han sido autorizados nuevos operadores.
Un trabajador independiente debe realizar sus aportes a seguridad social mes vencido. Para el efecto, la ley dispone de unas fechas límite para el pago de estos aportes según los últimos dígitos de la cédula.
Este tema hace parte del capítulo «Seguridad social de trabajadores independientes» de la cartilla práctica del mes de diciembre de 2019. Gracias a esta guía podrás actualizarte en la normatividad vigente, y resolver inquietudes sobre la forma correcta de liquidar y efectuar las respectivas cotizaciones de este tipo de trabajador ¡Descárgala ahora!.