Con la aprobación de la Ley de crecimiento económico se ratifican muchas de las disposiciones de la inexequible Ley 1943 de 2018, sin embargo, también se introducen algunos cambios importantes en materia del impuesto sobre la renta para las personas jurídicas.
Con la aprobación de la Ley de crecimiento económico se ratifican muchas de las disposiciones de la inexequible Ley 1943 de 2018, sin embargo, también se introducen algunos cambios importantes en materia del impuesto sobre la renta para las personas jurídicas.
La Ley 2010 de 2019, o Ley de crecimiento económico, efectuó varias modificaciones al impuesto de renta en general. Aquí destacamos los cambios introducidos a los aspectos sustantivos del impuesto de renta bajo el régimen ordinario, que afectan exclusivamente a las personas jurídicas.
Si bien, esta nueva reforma tributaria ratifica varias de las disposiciones que se habían señalado en la Ley 1943 de 2018 (declarada inexequible según Sentencia C-481 de la Corte Constitucional), también aprovecha para introducir algunas novedades como, por ejemplo:
Todas estas novedades, de vital importancia para el ejercicio de tu profesión, son abordadas en esta completa sesión de actualización por el contador público Gildardo Hoyos Giraldo.
(En este punto podrá encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la sesión de actualización)