Actualícese.com

Ingreso base de cotización: determinación según el tipo de trabajador independiente

El ingreso base de cotización –IBC– es el porcentaje sobre el cual un trabajador independiente debe realizar sus aportes a seguridad social.

En este editorial le contamos, a través de ejemplos prácticos, cómo determinar el IBC según el tipo de trabajador independiente.

Fecha de publicación: 20 de abril de 2020
Ingreso base de cotización: determinación según el tipo de trabajador independiente
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El ingreso base de cotización –IBC– es el porcentaje sobre el cual un trabajador independiente debe realizar sus aportes a seguridad social.

En este editorial le contamos, a través de ejemplos prácticos, cómo determinar el IBC según el tipo de trabajador independiente.

A continuación, procederemos al estudio de las características que diferencian a los trabajadores independientes y la forma de definir su ingreso base de cotización –IBC– según el tipo de independiente.

Tipos de trabajadores independientes

Existen tres tipos de trabajadores independientes, a saber:

  • Prestador de servicios: es aquel que se encuentra vinculado a una entidad privada o pública a través de un contrato de prestación de servicios.
  • Cuenta propia: este trabajador es aquel que asume el costo y riesgo de su actividad económica, como, por ejemplo, un comerciante, un taxista, entre otros.
  • Rentista de capital: es aquel trabajador que percibe ingresos mensuales provenientes de rentas, dividendos, etc.

Aportes a seguridad social

Los trabajadores independientes según su calidad definen su IBC, es decir, definen el porcentaje sobre el cual deben realizar sus aportes a seguridad social de diferente manera.

Atendiendo a lo anterior, el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019 establece que el IBC de los independientes equivale al 40 % del:

  • Valor mensualizado del contrato, en el caso del trabajador independiente con contrato de prestación de servicios.
  • Valor de los ingresos mensuales, luego de descontar los costos en los cuales tuvieron que incurrir para llevar a cabo su actividad económica, en el caso del trabajador cuenta propia y el rentista de capital. Para efectos de determinar su IBC, estos trabajadores también pueden hacer uso del esquema de presunción de costos determinado por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– a través de la Resolución 209 de 2020.

En nuestra cartilla práctica Seguridad social de trabajadores independientes, a través de ejemplos prácticos, le contamos los principales aspectos que diferencian a los diferentes tipos de trabajadores independientes y la forma de liquidar y realizar sus aportes a seguridad social según el tipo de trabajador:

Ingreso base de cotización: determinación según el tipo de trabajador independiente

Nota: la Resolución 209 de 2020 fue expedida después de la cartilla mencionada. Consulte nuestro editorial Presunción de costos para independientes: así lo calcula la UGPP.

Ejemplos

Prestador de servicios

Supongamos un trabajador independiente con contrato de prestación de servicios. Su contrato tiene un valor de $10.000.000 y una duración de tres (3) meses.

Este trabajador debe determinar su IBC así:

Primero debe mensualizar el valor del contrato:

$10.000.000 / 3 = $3.333.333

Ahora, sobre el valor resultante debe determinar el IBC:

$3.333.333 x 40 % = 1.333.333

Se tiene, entonces, que este trabajador debe realizar sus aportes a seguridad social (salud, pensión, riesgos laborales, etc.) sobre el valor de $1.333.333.

Cuenta propia

Ahora, supongamos el caso de un taxista (cuenta propia) que percibe $2.500.000 mensuales. Para el mes que debía hacer la cotización tuvo que comprar una llanta para su vehículo por valor de $450.000.

Para determinar su IBC, este trabajador debe descontar primero el valor del gasto que tuvo en el mes:

$2.500.000 – $450.000 = $2.050.00

Posteriormente, sobre el valor resultante debe determinar el IBC, así:

$2.050.000 x 40 % = $820.000

En este caso, el trabajador al tener ingresos superiores a un salario mínimo mensual legal vigente –smmlv– debe ajustar este valor a este monto de salario, es decir, a $877.803 por el 2020.

Este tema hace parte del capítulo “Seguridad social de trabajadores independientes” de la cartilla práctica del mes de diciembre de 2019.

Gracias a esta guía podrás actualizarte en la normativa vigente y resolver inquietudes sobre la forma correcta de liquidar y efectuar las respectivas cotizaciones de este tipo de trabajador.

¡Descárgala ahora!

¡Pero eso no es todo!

Si eres suscriptor Oro o Platino y quieres acceder a todas nuestras cartillas, revistas, libros e informes especiales en versión digital, solo debes acceder a /publicaciones/