Desde el año gravable 2021 no se liquidará renta presuntiva, pero seguirán existiendo los beneficios de rentas exentas y de exoneración de aportes de nómina.
Los recursos especiales a favor del Sena, ICBF, EPS y universidades públicas mencionados en el artículo 243 del ET serán de $0 en muchos casos.
Desde el año gravable 2021 no se liquidará renta presuntiva, pero seguirán existiendo los beneficios de rentas exentas y de exoneración de aportes de nómina.
Los recursos especiales a favor del Sena, ICBF, EPS y universidades públicas mencionados en el artículo 243 del ET serán de $0 en muchos casos.