La Corte Suprema de Justicia indicó que los fondos privados de pensiones solo pueden realizar la devolución de saldos cuando realmente se constate que no es posible otorgar la pensión de vejez.
También realizó precisiones sobre cómo se redimen los bonos pensionales para hombres y mujeres.
La Corte Suprema de Justicia indicó que los fondos privados de pensiones solo pueden realizar la devolución de saldos cuando realmente se constate que no es posible otorgar la pensión de vejez.
También realizó precisiones sobre cómo se redimen los bonos pensionales para hombres y mujeres.