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Caso práctico sobre las cesantías como ingresos en la declaración de renta de personas naturales

Para la declaración de renta de personas naturales del año gravable 2020 las cesantías deben reconocerse como un ingreso en la cédula general, a diferencia de las declaraciones de renta anteriores a 2016, donde debían reconocerse como ingreso sólo cuando las cesantías se retiraban del fondo.

Fecha de publicación: 12 de agosto de 2021
Caso práctico sobre las cesantías como ingresos en la declaración de renta de personas naturales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Para la declaración de renta de personas naturales del año gravable 2020 las cesantías deben reconocerse como un ingreso en la cédula general, a diferencia de las declaraciones de renta anteriores a 2016, donde debían reconocerse como ingreso solo cuando las cesantías se retiraban del fondo.

La declaración de renta de personas naturales del año gravable 2020 está formada por tres cédulas que deben depurarse con base en los valores patrimoniales. Estas son la cédula general, la de pensiones y la de dividendos y participaciones. Dentro de la cédula general se encuentran agrupadas las subcédulas por rentas de trabajo, en las cuales se incluyen las mencionadas en el artículo 103 del Estatuto Tributario –ET–; las de capital, que son todas aquellas adquiridas por intereses financieros, regalías, arrendamientos, entre otros; y las rentas no laborales, que están conformadas por todas las rentas que no están incluidas en las otras cédulas. 

Dentro de todas las rentas que deben calcularse y declararse en el respectivo formulario 210 están las cesantías por vínculo laboral. No obstante, se puede distinguir un momento histórico que cambió los parámetros para reconocerlas como rentas. Antes del 31 de diciembre de 2016 las cesantías se reconocían como ingreso solo cuando se le pagaban directamente al empleado en su liquidación o cuando algún trabajador las retiraba del fondo.  

No obstante, a partir del 2017 se generó un cambio importante. En el proceso de liquidación la persona natural sigue reconociendo las cesantías en el momento en que el empleador se las paga. El cambio radica cuando no hay una desvinculación laboral, ya que las cesantías se reconocerán como ingresos en el patrimonio para efectos de la declaración de renta en el momento cuando los empleadores las consignen en el fondo y no cuando estas son retiradas.  

En este Caso Práctico Exclusivo te mostraremos cómo calcular las cesantías para la declaración de renta de personas naturales en estos dos momentos, para que comprendas el cambio que se estableció a partir del año 2017. 

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