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Exención tributaria para donaciones de Gobiernos extranjeros volvió a ser reglamentada

El Decreto 1651 de diciembre 6 de 2021 reglamenta nuevamente el artículo 96 de la Ley 788 de 2002, concediendo una exención tributaria para donaciones provenientes de Gobiernos extranjeros.

La exención aplica a impuestos nacionales y territoriales.

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Fecha de publicación: 16 de diciembre de 2021
Exención tributaria para donaciones de Gobiernos extranjeros volvió a ser reglamentada
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Decreto 1651 de diciembre 6 de 2021 reglamenta nuevamente el artículo 96 de la Ley 788 de 2002, concediendo una exención tributaria para donaciones provenientes de Gobiernos extranjeros.

La exención aplica a impuestos nacionales y territoriales.

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