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Casos prácticos sobre revaluación de activos

Cuando una entidad lleva a cabo revaluaciones de propiedades, planta y equipo debe contabilizar la revaluación teniendo en cuenta la situación particular de cada activo, y considerar las revaluaciones reconocidas en períodos anteriores, las cuales pueden influir en el registro que deba efectuar.

Fecha de publicación: 21 de abril de 2021
Casos prácticos sobre revaluación de activos
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cuando una entidad lleva a cabo revaluaciones de propiedades, planta y equipo debe contabilizar la revaluación teniendo en cuenta la situación particular de cada activo, y considerar las revaluaciones reconocidas en períodos anteriores, las cuales pueden influir en el registro que deba efectuar.

El Estándar para Pymes permite medir los activos de propiedades, planta y equipo por el modelo de revaluación. Este modelo requiere que el valor en libros de estos activos se ajuste hasta alcanzar su valor razonable en la fecha sobre la que se informa.

El modelo de revaluación suele usarse para activos cuyo valor razonable se incrementa con el paso del tiempo. Sin embargo, esto no impide que puedan presentarse disminuciones en el valor en libros cuando este se encuentra por encima del valor razonable a la fecha de cierre.

Este tema, es abordado en el siguiente video por el Dr. Juan David Maya, experto consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera, quien responde a la pregunta por ¿cómo deben ser registrados en la contabilidad los avalúos técnicos de los bienes inmuebles realizados cada año?:

Así pues, los párrafos 17.15C y 17.15D del Estándar para Pymes, contenido en el anexo 2 del Decreto 2420 de 2015,  señalan cómo se deben contabilizar los ajustes en el valor revaluado de un activo. Conforme a los requerimientos de estos párrafos, a continuación presentamos varios casos que pueden tener lugar al revaluar activos, y su tratamiento en los estados financieros:

Caso 1. Primera revaluación con incremento en valor en libros

Una entidad adquirió un lote de terreno el 1 de enero de 2018, con un costo de $300.000.000. Al cierre del 31 de diciembre del mismo año, el valor razonable del terreno era de $345.000.000. La entidad contabilizó el ajuste a valor razonable de la siguiente forma:

 
Valor razonable $345.000.000
(-) Valor en libros antes de revaluación $300.000.000
(=) Ajuste por revaluación $45.000.000

 

Cuando se incrementa el valor revaluado de un elemento de la propiedad como consecuencia del incremento de su valor razonable y no existe un decremento por revaluación del mismo activo reconocido en períodos anteriores, este se contabiliza como un mayor valor de la propiedad, planta y equipo contra la cuenta del superávit por revaluación en el otro resultado integral (ver párrafo 17.15C del Estándar para Pymes).

El registro contable es el siguiente:

 
Cuenta Débito Crédito
15XXXX Propiedad, planta y equipo –  revaluación $45.000.000
38xx Superávit por revaluación

$45.000.000

 

Caso 2. Disminución del valor razonable después de un incremento previo

La entidad del caso anterior midió el valor razonable del activo al cierre del año 2019 y encontró que el valor razonable del terreno era de $320.000.000.

En este evento, la disminución del valor del terreno es inferior al superávit por revaluación acumulado en el patrimonio. La entidad debe contabilizar esta revaluación así:

 
Valor razonable en 2019  $320.000.000
(-) Valor en libros antes de la revaluación $345.000.000
(=) Ajuste por revaluación -$25.000.000

 

Cuando disminuye el valor razonable de un activo revaluado y existe un saldo en el superávit por revaluación como consecuencia de un incremento previo en el valor razonable de ese mismo activo, dicha disminución se debe contabilizar como un menor valor del superávit por revaluación acumulado en el otro resultado integral (ver párrafo 17.15D del Estándar para Pymes).

El registro contable es el siguiente:

 
Cuenta Débito Crédito
15XXXX Propiedad, planta y equipo – Revaluación $25.000.000
38xx Superávit por revaluación $25.000.000

 

Caso 3. Disminución del valor razonable, por debajo de la revaluación anterior

Al cierre del año 2020, la misma entidad de los casos anteriores midió el valor razonable del terreno, el cual se ubicó en $280.000.000. La disminución en el valor razonable se debe a un cambio en el Plan de Ordenamiento Territorial –POT–, según el cual una zona cercana al lugar donde se encuentra el lote de terreno será destinada a la construcción de un centro de disposición final de basuras.

El ajuste en el valor revaluado del activo es el siguiente:

 
Valor razonable 2020 $280.000.000
(-) Valor en libros antes de la revaluación $320.000.000
(=) Ajuste por revaluación -$40.000.000

 

Debido a que el valor del activo ha sufrido una disminución por debajo de su costo original, la entidad debe revertir el saldo de la cuenta patrimonial de superávit por revaluación ($20.000.000). El valor excedente (en este caso, $20.000.000) debe llevarse a resultados como una pérdida por revaluación, según el párrafo 17.15D del Estándar para Pymes.

El registro contable es el siguiente:

 
Cuenta Débito Crédito
38xx Superávit por revaluación $20.000.000
5xxx Pérdida por revaluación de propiedad, planta y equipo $20.000.000
15XXXX Propiedad, planta y equipo – revaluación $40.000.000

 

Caso 4. Incremento en el valor razonable cuando ha habido una pérdida por revaluación anteriormente reconocida en resultados

“Según el párrafo 17.15C del Estándar para Pymes, la entidad debe contabilizar el incremento en el valor razonable como un ingreso en el estado de resultados, hasta el monto de la pérdida reconocida anteriormente”

Al cierre de 2021 el valor razonable de este lote de terreno se fija en $295.000.000. Según el párrafo 17.15C del Estándar para Pymes, la entidad debe contabilizar el incremento en el valor razonable como un ingreso en el estado de resultados, hasta el monto de la pérdida reconocida anteriormente, que para este caso es de $20.000.000 (ver el caso 3), así:

 
Valor razonable 2021 $295.000.000
(-) valor en libros antes de la revaluación $280.000.000
(=) Ajuste por revaluación $15.000.000

 

La contabilización es la siguiente:

 
Cuenta Débito Crédito
15XXXX Propiedad, planta y equipo – revaluación $15.000.000
4xxx Ganancia por revaluación de propiedad, planta y equipo $15.000.000

Caso 5. Incremento en el valor razonable por valor superior a una pérdida anteriormente reconocida

Al cierre del año 2022 la entidad midió nuevamente el valor razonable de su lote de terreno, el cual se determinó en $330.000.000.

La entidad debe contabilizar el ajuste por revaluación de la siguiente forma:

 
Valor razonable 2022 $330.000.000
(-) valor en libros antes de la revaluación $295.000.000
(=) Ajuste por revaluación $35.000.000

 

Como la entidad había reconocido previamente en resultados una pérdida por revaluación por valor de $20.000.000 (ver caso 3), de los cuales se revierteron $15.000.000 en el ajuste realizado en 2021 (ver caso 4), al cierre de 2022 se deben revertir los $5.000.000 restantes reconociendo un ingreso en el estado de resultados.

El saldo de $30.000.000 que queda para ajustar el valor de la propiedad, planta y equipo a su valor revaluado se contabiliza en el superávit por revaluación (ver párrafo 17.15C del Estándar para Pymes).

El registro contable es el siguiente:

 
Cuenta Débito Crédito
15XXXX Propiedad, planta y equipo – revaluación $35.000.000
4xxx Ganancia por revaluación de propiedad, planta y equipo $5.000.000
38xx Superávit por revaluación $30.000.000

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