La información a reportar por el año gravable 2017 está definida en la Resolución 0068 de 2016, la cual se modificó con las resoluciones 022 y 042, modificando algunos formatos.
El 17 de abril inician los primeros vencimientos para la presentación de la información exógena la Dian correspondiente al año gravable 2017, por lo tanto, los empresarios deben estar preparados con su información de declaración de renta y demás documentación que les requerirá su contador.
Todo trabajador independiente debe realizar aportes a seguridad social sobre el 40% del valor mensual recibido. En caso de contar con varios contratos, aportará por cada uno; de lo contrario, podrá enfrentar problemas de evasión de aportes a la seguridad social y ser requerido por la UGPP
Continuamos en esta segunda parte con los casos en que se aplica el impuesto diferido, teniendo en cuenta que los estados financieros bajo el marco contable difieren del tributario.
La estimación del valor residual que se debe efectuar para realizar la medición posterior de algunos activos representa un cálculo difícil que puede suponer costos muy elevados por concepto de contratación de peritos u otros expertos.
En un ambiente cambiante dominado por la tecnología, es imprescindible para un empresario conocer el flujo de las tendencias y el posible impacto en su negocio.
En el ejercicio de sus funciones como revisor fiscal, el profesional se encuentra en la obligación de proferir su dictamen sobre la información financiera presentada en cada período, bajo normas de aseguramiento de la información NAI sin que haya un estándar para su desarrollo.
Con la publicación del Decreto 1998 de noviembre 30 de 2017, el gobierno nacional reglamentó la conciliación fiscal ordenada por el artículo 772-1 del Estatuto Tributario. A partir de ahí, debe entenderse entonces que al hablar de “impuesto diferido” estamos hablando de la base de la tributación de 2017 en adelante.
En la aplicación de las normas de información financiera, uno de los temas más inquietantes es el impuesto diferido, dado que los estados financieros bajo el marco contable difieren del tributario. Sin este elemento, los resultados del período se ven distorsionados por las normas fiscales.
Las decisiones en las asambleas de copropietarios son legales siempre y cuando cumplan con aspectos importantes como la citación en debida forma, el quórum, los temas tratados, entre otras, mencionadas en la Ley 675 del 2001.