Mediante el Concepto 1949 de 2018 la Dian se pronuncia frente a los requisitos que debe cumplir la factura electrónica emitida por los prestadores de servicios hoteleros facturados en moneda extranjera.
El software contable debe estar registrado en la contabilidad de quien lo controle y lo usufructúe. En el caso de la consulta, sería la firma de contadores.
Mediante la presente doctrina, el CTCP infiere que el valor pagado a nombre de otra entidad por concepto de gastos será una cuenta por cobrar a un tercero. No obstante, si por dicha operación la empresa recibe una comisión, se reconocerá como ingreso el porcentaje al que tenga derecho.
El CTCP reitera que un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero de una entidad, y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio de otra.
Mediante la presente doctrina, el CTCP infiere que los ajustes de contabilidad deben realizarse, por lo menos, de manera mensual y no deberán revertirse o anularse posteriormente, puesto que se estaría incumpliendo con el principio de devengo.
Se concluye que los activos contingentes solo se reconocen cuando el flujo de beneficios económicos futuros sea prácticamente cierto.
El CTCP informa que en el anexo 4 del DUR 2420 de 2015 se encuentra el Código de Ética emitido por la IFAC, el cual debe ser aplicado por los contadores en Colombia.
El CTCP reitera que el auditor externo de una copropiedad podrá ejercer como revisor fiscal de la misma, una vez transcurran seis meses desde el momento en que haya culminado su labor de auditoría.
Mediante la presente doctrina, el CTCP reitera que las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben reconocer todos los gastos, es decir, los del negocio y los personales, así como los activos que cumplan la definición y requisitos de reconocimiento.
Mediante la presente doctrina, el CTCP infiere que, una vez la entidad recibe anticipos y no tiene la obligación de reembolsar dichos valores, deberá reconocerlos como ingresos. De lo contrario, se contabilizarán y presentarán en los estados financieros como pasivo.