Los inventarios corresponden a un tipo de activo no monetario. Por lo tanto, los mismos que se adquieren en moneda extranjera deben contabilizarse en la moneda funcional de la entidad por su costo, el cual no debe ser actualizado por la diferencia en cambio o por la actualización del pago realizado al proveedor relacionado con la variación de la tasa de cambio.
El Mintrabajo reitera que las mujeres mayores de 50 años o los hombres mayores de 55 años, que de manera voluntaria deseen afiliarse al régimen de ahorro individual con solidaridad, podrán hacerlo en los términos del literal b) del artículo 61 de la Ley 100 de 1993, con el compromiso de cotizar 500 semanas en dicho régimen.
La Corte Constitucional reitera la necesidad del empleador de solicitar permiso ante la autoridad administrativa del Ministerio del Trabajo para desvincular a un trabajador aforado, cuando se encuentre inmerso en una justa causa de despido.
El Mintrabajo manifestó que en el ámbito de la normatividad laboral del sector privado no se contempla una disposición que establezca expresamente hasta cuándo una persona puede ser apta para trabajar.
El Mintrabajo manifestó que el empleador no puede interferir en la consecución de actividades de los trabajadores una vez terminada la jornada laboral. Por lo tanto, en el evento en que la jornada académica del trabajador no afecte la jornada de trabajo el empleador no tiene facultad de intervenir.
El Ministerio del Trabajo concluye que, en virtud de la celebración de un contrato laboral, las partes pueden estipular el pago del salario en moneda o divisa extranjera, teniendo como referencia la tasa de cambio representativa del mercado.
El Ministerio del Trabajo concluye que la activación de GPS en los celulares suministrados a los trabajadores es permitida, siempre y cuando se encuentre fundamentada sobre la base del respeto a la dignidad de la persona, y siempre que no se viole el derecho a la intimidad y privacidad del trabajador.
El Ministerio del Trabajo realizó una serie de consideraciones respecto a la legalidad de exigir la firma de un título valor en blanco a un trabajador, para que proceda su contratación, con la finalidad de cubrir contingencias a futuro.
El Ministerio del Trabajo precisa que, en toda relación, ya sea laboral, civil o contractual se deben respetar los derechos fundamentales de las personas. En ese sentido, cuando un contratista se sienta vulnerado en sus derechos por el comportamiento de un servidor público, tiene la potestad de acudir al Ministerio Público y exponer el caso.
El CTCP concluyó que el revisor fiscal debe tomar la información financiera de los libros de contabilidad de la entidad y verificar las afirmaciones en la NIA 315 para dictaminar de manera correcta la información financiera de propósito general de dicha entidad. Cabe resaltar que no existe la posibilidad de que un profesional actúe como contador público y revisor fiscal de forma simultánea.