La Ley 1564 del 2012, autoriza que, salvo cuando se requiera expresamente la presencia del involucrado, se podrá actuar por medio de apoderados para que nos representen en trámites privados, administrativos y judiciales. Veamos qué tipo de poderes existen y cómo se pueden otorgar.
Si no existe una anotación en el certificado de tradición respecto a propiedad horizontal, significa que la persona vive en un barrio. Cabe recordar que este documento se puede obtener en la oficina de registro de instrumentos públicos de su ciudad.
El Fondo de Imprevistos está constituido por una parte de dinero que se recauda y se guarda por parte de los copropietarios, para atender obligaciones o expensas imprevistas, o sea, que no se tienen previstas en el Presupuesto Anual del Edifico o Conjunto. (Daño de fachadas por lluvias, temblores, vandalismo, etc., demandas de exempleados de la propiedad horizontal, etc.)
Los coeficientes de copropiedad son el porcentaje de participación que cada propietario de bienes privados tiene respecto a los bienes comunes del edificio o conjunto. Dichos coeficientes determinan la participación de los propietarios en la asamblea general y la proporción con que cada uno contribuirá en las expensas comunes del edificio o conjunto.
Al momento de la construcción de un conjunto residencial o comercial sometido al régimen de propiedad horizontal, no solo la legislación ha reglamentado la entrega de los bienes privados, sino que se han estipulado las condiciones para que la constructora efectúe la entrega de los bienes y espacios determinados como zonas comunes.
El comité de convivencia es un órgano de constitución estatutaria creado en el reglamento interno por voluntad de los mismos propietarios, con el objetivo de intentar solucionar controversias o conflictos que surgen con ocasión de la vida y convivencia entre propietarios, residentes, administradores, consejo de administración y revisor fiscal, y así dirimir dichas controversias, como también fortalecer las relaciones de vecindad. Este comité debe estar conformado por un número plural e impar de propietarios o residentes en calidad de arrendatarios, quienes no recibirán ninguna remuneración por su labor y serán elegidos por la asamblea de copropietarios, por períodos de un año.
Luego de la introducción establecida mediante el artículo 186 de la Ley 1607 del 2012, las propiedades horizontales comerciales y mixtas que exploten sus áreas comunes con actividades comerciales y/o industriales, generando algún tipo de renta, pierden la calidad de no contribuyentes de impuestos nacionales, señalada en el régimen de propiedad horizontal –Ley 675 del […]
Los bienes privados o de dominio particular son inmuebles debidamente delimitados, funcionalmente independientes, de propiedad y aprovechamiento exclusivo de cada copropietario, integrantes de un edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal, con salida a la vía pública directamente o por pasaje común y a los cuales se les ha realizado una asignación de nomenclatura particular, diferente a la de la propiedad y por tanto se reconoce como un bien privado o de dominio particular.
Comercial Plazo para reactivación de matrículas mercantiles Personas naturales que en los últimos 5 años no hayan renovado la matrícula mercantil, será cancelada. Y en el caso de las personas jurídicas, serán declaradas en disolución y liquidación. Impuestos Condición especial de pago beneficia a sancionados Responsables de impuestos, tasas y contribuciones a quienes les hayan […]
Con el artículo 186 de la Ley 1607 del 2012, se introdujeron cambios en materia tributaria en el régimen de propiedad horizontal; en dicho artículo se lee: