Los empleadores y trabajadores que hayan aportado el 3 % de la cotización a pensión por el beneficio establecido en el Decreto Ley 558 de 2020 (declarado inexequible) tendrán 36 meses, contados desde el 1 de junio de 2021, para pagar el 13 % restante, según el Decreto 376 de 2021.
En esta publicación se mencionan aspectos importantes relacionados con los contribuyentes exonerados del pago de aportes parafiscales a favor del Sena, el ICBF y las cotizaciones al régimen contributivo de salud, según lo establecido en el artículo 114-1 del Estatuto Tributario.
Durante el segundo semestre de 2021, los empleadores que apliquen el procedimiento 2 de retención en la fuente sobre salarios y pagos laborales a sus trabajadores tendrán que definir el porcentaje fijo que aplicarán para tal efecto, según el artículo 386 del ET.
Los plazos para presentar la declaración anual de activos en el exterior en 2021 deben corresponder con los plazos establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1680 de 2020. Estos plazos son los mismos de las declaraciones de renta.
El plazo para la declaración anual consolidada del régimen simple de tributación para las personas naturales y jurídicas inscritas para el año gravable 2020 está contemplado entre el 25 y 29 de octubre de 2021.
En esta publicación se mencionan algunos aspectos importantes relacionados con el IVA, que es adicionado sobre el valor base de un producto.
Mediante la Resolución 000019 de 2020, la Dian prescribió el formulario 300 para la declaración de este impuesto en el año gravable 2020 y siguientes.
En esta publicación se dan a conocer aspectos relacionados con la UGPP, encargada de fiscalizar a los empleadores y trabajadores independientes frente al pago de la seguridad social. Las funciones de esta entidad se encuentran establecidas en el artículo 156 de la Ley 1151 de 2007.
En junio de cada año las empresas y todos los empleadores deben realizar la liquidación de la prima de servicios de sus empleados. Esta es la oportunidad para que se revise también la liquidación de las demás prestaciones sociales establecidas en la legislación laboral colombiana.
En esta publicación se mencionan aspectos importantes sobre la propiedad horizontal. Recordemos que esta se clasifica en edificio o conjunto de uso residencial, de uso comercial y de uso mixto, según lo establecido en el artículo 3 de la Ley 675 de 2001.
En esta publicación encontrarás aspectos importantes relacionados con la presentación de las declaraciones tributarias por fuera de los plazos fijados. A esto se le denomina presentación extemporánea, y da lugar a la sanción establecida en el artículo 641 del Estatuto Tributario.