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¿Cuál es la sanción por no renovar la matrícula mercantil a más tardar el 3 de julio de 2020?

El Decreto 434 de 2020 amplió hasta el 3 de julio del mismo año el plazo para renovar la matrícula mercantil y la de los establecimientos de comercio.

Para la renovación se deben usar las tablas del Decreto 2260 de 2019.

No renovar oportunamente implica exponerse a sanciones de hasta $14.634.000.

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Fecha de publicación: 2 de julio de 2020
¿Cuál es la sanción por no renovar la matrícula mercantil a más tardar el 3 de julio de 2020?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Decreto 434 de 2020 amplió hasta el 3 de julio del mismo año el plazo para renovar la matrícula mercantil y la de los establecimientos de comercio.

Para la renovación se deben usar las tablas del Decreto 2260 de 2019.

No renovar oportunamente implica exponerse a sanciones de hasta $14.634.000.

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