Los plazos para presentar la declaración anual de activos en el exterior en 2021 deben corresponder con los plazos establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1680 de 2020. Estos plazos son los mismos de las declaraciones de renta.
Los plazos para presentar la declaración anual de activos en el exterior en 2021 deben corresponder con los plazos establecidos en el artículo 1.6.1.13.2.26 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 1680 de 2020. Estos plazos son los mismos de las declaraciones de renta.
La declaración anual de activos poseídos en el exterior es una declaración informativa. Deben presentarla los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario del régimen ordinario y especial, siempre que al 1 de enero de cada año posean activos fuera del país, de acuerdo con lo establecido en el artículo 607 del Estatuto Tributario –ET–.
Este mismo artículo, modificado por el artículo 109 de la Ley 2010 de 2019, señala que los obligados a presentar la declaración de activos en el exterior son los contribuyentes del impuesto sobre la renta, residentes para efectos fiscales, que al 1 de enero de 2021 posean activos en el exterior cuyo valor patrimonial sea superior a 2.000 UVT, es decir, $72.616.000 para el año gravable 2021.
Para tal efecto, los contribuyentes deben emplear el formulario 160 que prescriba la Dian para la vigencia 2021.
Aunque esta es una declaración informativa y no se genera un impuesto a cargo, sí se da lugar a onerosas sanciones en caso de inexactitudes o extemporaneidad.
(En este punto encontrarás el tiempo exacto en el que se aborda cada tema en la Master Class)