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Expedición de la factura electrónica por personas naturales responsables del IVA

Una persona natural que estaba en el régimen simple durante el 2020 y ahora en el 2021 regresó al régimen ordinario, y adicionalmente va a operar como no responsable del IVA ¿puede dejar de facturar electrónicamente?

Fecha de publicación: 29 de enero de 2021
Expedición de la factura electrónica por personas naturales responsables del IVA
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

Una persona natural que estaba en el régimen simple durante el 2020 y ahora en el 2021 regresó al régimen ordinario, y adicionalmente va a operar como no responsable del IVA ¿puede dejar de facturar electrónicamente?

Pregunta resuelta 21 de enero de 2021

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, analiza en detalle el siguiente caso: una persona natural que estaba en el régimen simple de tributación durante 2021 regresó al régimen ordinario y, adicionalmente, operará como no responsable del IVA. ¿Esta persona puede dejar de facturar electrónicamente?

Es importante destacar que las personas obligadas a expedir factura electrónica se encuentran señaladas en el artículo 6 de la Resolución 000042 de 2020 emitida por la Dian.