Por el año gravable 2019 los contribuyentes deberán cumplir con su deber de declarar y pagar su impuesto de renta y complementario según corresponda, a razón de las novedades de la Ley 1943 de 2018, pues su inexequibilidad solo aplicó a partir de enero 1 de 2020.
Conoce más detalles a continuación.
Por el año gravable 2019 los contribuyentes deberán cumplir con su deber de declarar y pagar su impuesto de renta y complementario según corresponda, a razón de las novedades de la Ley 1943 de 2018, pues su inexequibilidad solo aplicó a partir de enero 1 de 2020.
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Es importante tener en cuenta que el impuesto de renta y complementario es un gravamen de orden nacional y de periodicidad anual que integra el impuesto de renta y el de ganancias ocasionales, a saber:
Una vez se tiene claridad respecto a los ingresos que se gravan con estos impuestos, antes de iniciar con la declaración de renta de una persona natural es imprescindible analizar si esta califica como contribuyente del impuesto de renta o no. Para tal fin se deben tener en cuenta diferentes aspectos, como, por ejemplo:
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