Las entidades que de acuerdo con las normas de información financiera vigentes en Colombia están obligadas a presentar estados financieros consolidados, deberán reportar, conforme a las disposiciones de la Resolución 000060 de 2017 de la Dian, la información exógena del año gravable 2018.
Las entidades que de acuerdo con las normas de información financiera vigentes en Colombia están obligadas a presentar estados financieros consolidados, deberán reportar, conforme a las disposiciones de la Resolución 000060 de 2017 de la Dian, la información exógena del año gravable 2018.
Mediante la Resolución 000060 del 30 de octubre de 2017 la Dian estableció que las entidades que conforme a las normas de contabilidad e información financiera vigentes en Colombia están obligadas a presentar estados financieros consolidados, también deben presentar la información exógena por el año gravable 2018, como es el caso de los grupos económicos y/o empresariales.
La citada resolución prescribe que cuando la controlante o matriz de un grupo económico y/o empresarial no esté domiciliada en el país, la obligación de presentar el reporte de información exógena tributaria recae sobre la sucursal establecida en Colombia. De igual manera, cuando la matriz o controlante es una persona jurídica de naturaleza no societaria o una persona natural comerciante, son estos los responsables de efectuar el reporte de la información solicitada.
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