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Liquidador de la licencia de maternidad cuando procede pago proporcional

Este liquidador de Excel permite calcular el valor de la licencia de maternidad de una trabajadora dependiente o independiente que cotizó por un tiempo inferior al período de gestación.

Cabe anotar que, aunque se pague la licencia por un menor valor, no se deben afectar los días que la madre descansará.

Fecha de publicación: 26 de julio de 2021
Liquidador de la licencia de maternidad cuando procede pago proporcional
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Este liquidador de Excel permite calcular el valor de la licencia de maternidad de una trabajadora dependiente o independiente que cotizó por un tiempo inferior al período de gestación.

Cabe anotar que, aunque se pague la licencia por un menor valor, no se deben afectar los días que la madre descansará.

Según el artículo 2.1.13.1 del Decreto 780 de 2016, cuando se hubiese cotizado por un período inferior al de la gestación, se reconocerá y pagará la licencia de maternidad proporcionalmente al número de días cotizados frente al período real de gestación.

Por ejemplo, si la madre empezó a laborar en una empresa cuando estaba en su cuarto mes de embarazo (si es una trabajadora dependiente) o empezó a cotizar a partir del cuarto mes de embarazo (si es una trabajadora independiente), se le pagará la licencia proporcionalmente por los seis (6) meses en los que cotizó.

Lo anterior, teniendo en cuenta los siguientes puntos:

  • Si el empleador o la cotizante no realizaron el pago oportuno de los aportes durante el tiempo de gestación, habrá lugar al pago de la licencia siempre que en la fecha del parto se haya pagado la totalidad de las cotizaciones adeudadas con los respectivos intereses de mora.
  • Si se trata de una trabajadora independiente cuyo IBC sea de un salario mínimo mensual legal vigente –smmlv– ($908.526 en 2021), procede el pago completo de la licencia de maternidad cuando se dejó de cotizar por dos (2) meses o menos. Si se dejó de cotizar por más de dos (2) meses, se paga la licencia proporcionalmente (artículo 2.1.13.2 del Decreto 780 de 2016).

Cabe anotar que pagar la licencia por un período inferior no significa que la madre descansará menos días, pues la licencia de maternidad siempre deberá ser de 18 semanas o más si se ha tenido un parto prematuro o múltiple. En ese sentido, solo se ve afectado el pago de la licencia, mas no el tiempo de descanso.

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Liquidador de la licencia de maternidad cuando procede pago proporcional

En el siguiente liquidador se puede calcular el valor de la licencia de maternidad de una trabajadora dependiente o independiente cuando se cotizó por un tiempo inferior al período de gestación.

Descarga aquí nuestra guía: Liquidador de la licencia de maternidad cuando procede pago proporcional.

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