Si una empresa se acoge al Decreto Ley 560 de 2020 que trata sobre el régimen de insolvencia, ¿debe presentar sus estados financieros bajo el principio de empresa en funcionamiento? ¿Qué estados financieros deben elaborar las entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha?
Responde conferencista: Roberto Valencia
Si una empresa se acoge al Decreto Ley 560 de 2020 que trata sobre el régimen de insolvencia, ¿debe presentar sus estados financieros bajo el principio de empresa en funcionamiento? ¿Qué estados financieros deben elaborar las entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha?
Preguntas resueltas mayo 13 de 2020
La situación inesperada de la pandemia por el COVID-19 ha causado un fuerte impacto económico para las empresas. Es por esa razón que algunas incluso se han visto obligadas a acogerse a procesos de insolvencia en los términos de lo previsto en la Ley 1116 de 2006.
Además de lo anterior, el contador público Roberto Valencia, especialista en Normas Internacionales explica cómo se afectan los aspectos contables de una empresa cuando se inicia o se está inmerso en un proceso de insolvencia económica, puntualmente la elaboración y presentación de estados financieros, como, por ejemplo, el de cambios en el patrimonio, estado de flujos de efectivo y otros.