Si se contrata a una persona para que labore por días (servicio doméstico) y labora 2 días a la semana, ¿el valor de la remuneración total del mes puede estar por debajo del salario mínimo mensual, teniendo en cuenta que la remuneración diaria es superior al salario mínimo diario? Por ejemplo, $700.000.
Responde conferencista: Angie Vargas
Si se contrata a una persona para que labore por días (servicio doméstico) y labora 2 días a la semana, ¿el valor de la remuneración total del mes puede estar por debajo del salario mínimo mensual, teniendo en cuenta que la remuneración diaria es superior al salario mínimo diario? Por ejemplo, $700.000.
pregunta resuelta 21 de junio de 2021
Mediante el artículo 145 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, se encuentra regulado el salario mínimo mensual legal vigente en Colombia. El Gobierno nacional tiene la obligación de aumentarlo año tras año.
En esta respuesta la abogada Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, da a conocer cuál es la remuneración mínima que un empleador puede pagar a un trabajador contratado por días.