En 2017 y 2018 las compensaciones de excesos de renta presuntiva solo se realizaban en la cédula de rentas no laborales. Con los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018 podrán hacerse dentro de la cédula general. Ojalá que la reglamentación también lo permita en la de pensiones y dividendos.
En 2017 y 2018 las compensaciones de excesos de renta presuntiva solo se realizaban en la cédula de rentas no laborales. Con los cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018 podrán hacerse dentro de la cédula general. Ojalá que la reglamentación también lo permita en la de pensiones y dividendos.