La ley establece una serie de beneficios para aquellos trabajadores que ejerzan su derecho al voto y/o sean elegidos como jurados de votación para las jornadas electorales. Estos beneficios deben ser otorgados obligatoriamente por el empleador, y certificados debidamente por el trabajador.
La ley establece una serie de beneficios para aquellos trabajadores que ejerzan su derecho al voto y/o sean elegidos como jurados de votación para las jornadas electorales. Estos beneficios deben ser otorgados obligatoriamente por el empleador, y certificados debidamente por el trabajador.
A continuación, damos respuesta al interrogante planteado por un usuario: ¿Qué beneficios laborales tiene un trabajador cuando es seleccionado como jurado de votación y, a su vez, ejerce su derecho al voto?
Como fue expuesto en una oportunidad anterior, mediante nuestro editorial Licencias de trabajo: ¿conoce todos los permisos que tiene por ley?, la ley laboral otorga una serie de licencias remuneradas para los trabajadores, las cuales se hacen efectivas bajo determinadas circunstancias y deben ser concedidas de forma obligatoria por el empleador.
La licencia que en esta oportunidad nos interesa es otorgada cuando el empleado ha ejercido su derecho al voto y/o ha sido seleccionado como jurado de votación.
En el siguiente vídeo, Natalia Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral, aborda la inquietud planteada:
Las licencias vigentes en Colombia son las siguientes:
Para acceder a este beneficio, el trabajador debe presentar constancia de su participación como jurado, mostrándole al empleador el formulario entregado por la Registraduría General de la Nación que certifica la partición de los ciudadanos en estos eventos.
Por último, conviene precisar que los beneficios en cuestión se pueden acumular, es decir que si un trabajador ejerció el voto y a su vez fue jurado de votación, tiene derecho al reconocimiento de un (1) día y medio (1/2) como compensación.