Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cálculo del impuesto diferido para el cierre del año 2018


Cálculo del impuesto diferido para el cierre del año 2018
Actualizado: 1 noviembre, 2018 (hace 6 años)

¿Qué pasos deben llevarse a cabo para efectuar el reconocimiento del impuesto diferido? ¿Sabes cuál es la distinción entre las diferencias temporarias y temporales? Aquí te aclaramos estas dudas para el cierre del año 2018.

Los lineamientos sobre el impuesto diferido se encuentran contenidos en la NIC 12 y la Sección 29 del Estándar para Pymes. Sin embargo, su cálculo y reconocimiento suele generar todo tipo de confusiones, razón por la cual es necesario tener en cuenta que esta partida surge como resultado de identificar las diferencias entre las bases contables y fiscales, generando así diferencias imponibles y deducibles, las cuales implicarán a futuro un mayor o menor impuesto de renta por pagar.

Teniendo en cuenta que se aproxima el cierre del año 2018 y con ello la conciliación de las diferencias originadas a partir de la aplicación de los marcos normativos contables y las bases a nivel fiscal, es necesario que conozcas cada uno de los aspectos técnicos requeridos para la determinación del impuesto diferido. Por esta razón, en Actualícese hemos preparado la capacitación presencial Taller práctico para el cálculo del impuesto diferido en el cierre del año 2018.

En esta capacitación podrás resolver tus dudas llevando a la práctica cada una de las bases conceptuales que serán impartidas por nuestro conferencista Juan David Maya quien nos estará acompañando en una gira nacional en las ciudades de Bogotá, Medellín, Barranquilla, Cali y Bucaramanga.

¿Qué esperas? Aprovecha los descuentos que te trae Actualícese, para que seas participe de esta valiosa capacitación. ¡Reserva tu cupo aquí!

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito