Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conciliación fiscal año gravable 2017: puntos y conceptos para ser tenidos en cuenta


Conciliación fiscal año gravable 2017: puntos y conceptos para ser tenidos en cuenta
Actualizado: 19 enero, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Análisis
  • Noticias
  • Infografías
  • Modelos y formatos
  • Conferencias
  • Respuestas
  • Seminario en línea
  • Publicación
  • Herramienta interactiva

Actualizado al 18 de octubre de 2018.

El miércoles 24 de octubre de 2018 inician las fechas para la presentación del reporte de conciliación fiscal (formato 2516) a través del servicio informático electrónico de la Dian. En este especial describimos los requisitos para su presentación, sanciones a las que se exponen los contribuyentes y otros detalles sobre el tema.

Con el Decreto 1998 de noviembre 30 de 2017 se reglamentó la norma del artículo 772-1 del ET (creado con el artículo 137 de la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016), en el que se estableció que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad (sin importar cuáles fueran los impuestos por los cuales tuvieran que responder ante la Dian) tendrían que empezar a llevar, a partir del año gravable 2017, un sistema de control o de conciliación de las diferencias que surgieran entre los valores contables y los valores fiscales producto de la aplicación de los nuevos marcos normativos contables.

Análisis

Noticias

Infografías

  • ¿Quiénes deben presentar el reporte de conciliación fiscal 2516? Los contribuyentes obligados a diligenciar el reporte de conciliación fiscal 2516 deberán entregarlo virtualmente, entre octubre 24 y noviembre 7 de 2018. Al respecto, la Dian manifestó que tardará hasta octubre 17 del año en curso para habilitar la recepción del archivo XML en su plataforma Muisca.
  • 6 pasos para elaborar el reporte de conciliación fiscal. Se aproximan los vencimientos para la presentación del reporte de conciliación fiscal (formato 2516) del año gravable 2017, para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad que hayan obtenido ingresos brutos fiscales iguales o superiores a 45.000 UVT ($1.433.655.000) y declarado en el formulario 110.
  • Activos medibles a valor razonable. Algunos activos deben medirse al valor razonable de acuerdo con el Estándar para Pymes. A continuación, mencionaremos cada uno de los activos sobre los cuales se debe (en algunos casos no es obligatorio, pero sí permitido) utilizar un modelo de valor razonable con cambios en resultados.
  • Diferencias temporarias. Conforme a los lineamientos de la NIC 12 y la sección 29 del Estándar para Pymes, las diferencias temporarias son diferencias entre el valor contable y el valor fiscal que surgen de revisar las cifras que se reconocieron como activos o pasivos cuya liquidación afecta el cálculo del impuesto a cargo.
  • Leaseback: transacción de venta con arrendamiento posterior. El leaseback, conocido bajo el Estándar para Pymes como transacción de venta con arrendamiento posterior, es un contrato de arrendamiento que consiste en la venta de un bien mueble o inmueble a un tercero y la suscripción posterior de un contrato de arrendamiento financiero sobre el mismo.

Modelos y formatos

Conferencias

  • Deducción por depreciación. La deducción por depreciación es un tema bastante importante al momento de calcular el impuesto de renta, ya sea de una persona jurídica o natural obligada a llevar contabilidad. A continuación, se presentan algunos de los lineamientos introducidos por la reforma tributaria y por la técnica contable.
  • Activos biológicos para obligados a llevar contabilidad. Conforme a las indicaciones de la reforma tributaria Ley 1819 de 2016 existen unos nuevos lineamientos en los artículos 92, 93, 94 y 95 del Estatuto Tributario que abordan el concepto de activo biológico y su clasificación como productores o consumibles.
  • Períodos de implementación contable y conciliación fiscal. A pesar de que la información contable está bajo los nuevos marcos técnicos normativos y que la reforma tributaria realizó unas aseveraciones en cuanto a la aceptación de dichas normas, aún se seguirán presentando diferencias entre los registros contables y fiscales que deben ser conciliados.
  • Tratamiento contable – tributario del deterioro de cuentas por cobrar. El deterioro de cartera da lugar a la posibilidad de obtener una deducción a título de renta; por tanto, con el fin de esclarecer el tratamiento contable – tributario alrededor de las cuentas por cobrar en esta conferencia se expone cómo se debe realizar la conciliación fiscal de esta partida.

Respuestas

Evento presencial

  • Conciliación fiscal 2017 y aplicación del sistema de control de diferencias en el cálculo del impuesto diferido – 2 días. El reporte de conciliación fiscal es obligatorio cumplimiento para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad. En esta capacitación estudiaremos mediante el Decreto 1998 de 2017 que reglamentó lo consagrado en el artículo 772-1 del ET en el cual se solicita un informe detallado de los saldos bajo Estándares Internacionales y las normas Fiscales, con base en un sistema de control que explica las diferencias existentes entre los nuevos marcos normativos y cada una de las disposiciones establecidas en el Estatuto Tributario.

Seminario en línea

Publicación

  • Cartilla de Conciliación fiscal y contable (1era Edición). Una guía práctica para el diligenciamiento del formato 2516 desde la aplicación de las NIIF para PYMES. Tiene como propósito acompañar al lector en la elaboración de la conciliación fiscal, iniciando con un completo ejercicio práctico de NIIF para Pymes. Se desarrollan políticas contables que le permiten al usuario de esta guía conocer la gestación de las cifras contables desde la norma internacional, finalizando así en los ajustes fiscales.

Herramienta interactiva

  • Herramienta interactiva para la elaboración de la conciliación contable y fiscal año gravable 2017. Dos ejercicios en Excel, resueltos con sus anexos. Un caso para personas jurídicas del régimen ordinario y otro caso para entidades del régimen tributario especial, con los cuales el usuario podrá tener una guía para entender el proceso de la conciliación y el diligenciamiento del formato 2516. También hay una plantilla editable, vacía, igual que la de los ejercicios, pero está diseñada para ser trabajada por el usuario diligenciando los datos que requiere y a medida que va introduciendo información, el formato 2516 será automáticamente diligenciado.
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