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Consecuencias de ser excluido del SIMPLE por incumplimiento de requisitos

Dejar de pertenecer al SIMPLE por no cumplir los requisitos trae diferentes consecuencias tributarias, si la causa de la exclusión corresponde al no pago oportuno de sus anticipos bimestrales o la no presentación de la declaración anual.

Fecha de publicación: 5 de noviembre de 2019
Consecuencias de ser excluido del SIMPLE por incumplimiento de requisitos
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Dejar de pertenecer al SIMPLE por no cumplir los requisitos trae diferentes consecuencias tributarias, si la causa de la exclusión corresponde al no pago oportuno de sus anticipos bimestrales o la no presentación de la declaración anual.

La norma del artículo 1.5.8.4.2 del DUT 1625 de octubre de 2016 (artículo agregado con el artículo 3 del Decreto 1468 de agosto 13 de 2019) trata el punto de los efectos de incumplir las condiciones o requisitos para pertenecer al SIMPLE.

1) Si el contribuyente que venía estando inscrito en el régimen simple es, por ejemplo, una sociedad nacional que cumplía con todos los requisitos de los artículos 905 y 906 del ET, e incluso había pagado oportunamente entre enero y agosto de 2019 todos sus anticipos bimestrales obligatorios del régimen simple, pero decide convertirse en miembro de otra sociedad nacional, dicha primera sociedad tendrá que retirarse del SIMPLE, y solo contará con un mes para presentar, sin sanciones ni intereses de mora, todas las declaraciones bimestrales o cuatrimestrales del IVA, o las bimestrales del INC de bares y restaurantes, que haya dejado de presentar mientras pertenecía al régimen simple.

“todos los valores que había anticipado hasta ese momento por concepto del SIMPLE podrán ser imputados en la declaración de renta del régimen ordinario que tendrá que presentar al final del año”

A estas declaraciones el contribuyente les podrá restar los anticipos por concepto de los impuestos que ya había pagado en el SIMPLE. Además, todos los valores que había anticipado hasta ese momento por concepto del SIMPLE podrán ser imputados en la declaración de renta del régimen ordinario que tendrá que presentar al final del año.

Esta situación también la enfrentaría una persona natural que cumplía en un comienzo con todos los requisitos de los artículos 905 y 906 del ET pero luego decidió cerrar sus negocios y empezar a trabajar como asalariado.

2) Si la causa del retiro del SIMPLE es el incumplimiento de las “obligaciones sustanciales y/o formales” que se le imponían en el régimen, tendrá que presentar, con sanciones e intereses de mora, todas las declaraciones bimestrales o cuatrimestrales del IVA, o las bimestrales de INC de bares y restaurantes, que había dejado de presentar mientras pertenecía a ese régimen.

A estas declaraciones les podrá restar los anticipos por concepto de los impuestos efectuados en el SIMPLE. Además, todos los valores que había anticipado hasta ese momento por concepto del SIMPLE los podrá imputar a su declaración de renta del régimen ordinario que tendrá que presentar al final del año.

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Fernando Ruiz Hernández, contador público, especialista en finanzas y en docencia universitaria, y con estudios de especialización en administración, diplomado en NIIF para Pymes con certificación internacional en NIIF para Pymes, ampliará este tema en el curso en línea Régimen Simple de Tributación.

Este seminario le permitirá identificar los elementos necesarios para la comprensión y aplicación del régimen simple de tributación SIMPLE y su correcta aplicación dentro del ejercicio profesional en Colombia.

En este seminario se expone una presentación general de la parte normativa (Ley 1943/2018 y Decreto 1468 de 2019) con las explicaciones, comentarios y ejemplos correspondientes. Posteriormente se desarrollan algunos ejercicios prácticos en Excel para la liquidación de los anticipos y declaración anual SIMPLE.

Temas que se tocan

  • Aspectos generales del SIMPLE- Hecho generador y base gravable.
  • Impuestos que integran el SIMPLE -Sujetos pasivos del SIMPLE.
  • Tarifas (Anticipos y liquidación anual).
  • Liquidación del anticipo y declaración anual del SIMPLE.
  • Inscripción al SIMPLE-Beneficios relacionados en la liquidación del SIMPLE.
  • IVA e Impoconsumo en el SIMPLE-Casos prácticos en EXCEL.

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