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Contrato de trabajo: elementos que lo conforman

El contrato de trabajo contiene unos elementos esenciales, tales como la actividad personal del trabajador, la subordinación y la remuneración.

A continuación, conozca los aspectos que conforman este tipo de contrato y los derechos que se adquieren en su celebración.

Fecha de publicación: 5 de mayo de 2020
Contrato de trabajo: elementos que lo conforman
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El contrato de trabajo contiene unos elementos esenciales, tales como la actividad personal del trabajador, la subordinación y la remuneración.

A continuación, conozca los aspectos que conforman este tipo de contrato y los derechos que se adquieren en su celebración.

El artículo 22 del Código Sustantivo del Trabajo –CST– establece que el contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades, por medio del cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a favor de otra que puede ser natural o jurídica, bajo su subordinación y a cambio de una remuneración salarial.

En el siguiente video, Luis Miguel Merino, abogado consultor en derecho laboral, realiza un estudio de los diferentes tipos de contrato de trabajo existentes:

De conformidad con lo previsto en el artículo 23 del CST, un contrato laboral se encuentra conformado por tres elementos que lo definen como tal, es decir, si en una relación laboral falta alguno de los elementos que mencionaremos a continuación, no estaríamos hablando de un contrato de trabajo. Dichos elementos son, a saber:

  • Prestación personal del servicio: este precepto supone que el trabajador debe prestar sus servicios de manera personal al empleador, es decir, no puede realizarlo a través de terceros.
  • Subordinación: este elemento supone la ejecución de labores bajo el mando de un superior en el sitio de trabajo o fuera de este. Se caracteriza, entre otras cuestiones, por el cumplimiento de las órdenes recibidas, de un horario, y por el suministro de materiales de trabajo por parte del empleador para que el trabajador pueda ejecutar la actividad.
  • Remuneración: este elemento es lo que se denomina salario y que debe ser pagado al trabajador como contraprestación de sus servicios.

Consulte nuestros editoriales ¿Cómo determinar si un pago del empleador constituye salario? y Pago de comisiones en la liquidación del contrato de trabajo

En el siguiente video, Natalia Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral, estudia las diferencias entre el contrato de trabajo y la relación laboral:

Características del contrato de trabajo

Además de los mencionados elementos, el contrato de trabajo se caracteriza por ser:

  • Consensual, es decir, se perfecciona con el consentimiento de las partes.
  • Bilateral, debido a que las partes se obligan de manera recíproca.
  • Conmutativo, esto es, que las obligaciones pactadas son ciertas y determinadas; es decir, el empleador conoce la prestación del servicio que va a recibir y el trabajador la remuneración que va a percibir como salario.
  • Tracto sucesivo, es decir, va ejecutándose en la medida en que las obligaciones se van cumpliendo en el tiempo.
  • Oneroso, pues en este se dan contraprestaciones de contenido económico.
  • Nominado, ya que la ley le asignó una denominación especial.
  • Principal, porque tiene vida autónoma o independiente.

En el siguiente video, Natalia Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral, estudia los contratos a término fijo e indefinido y da una serie de pautas respecto a cuál trae más beneficios para los empleadores:

Derechos que se adquieren en la firma de un contrato de trabajo

Como fue estudiado mediante nuestro editorial ¿Qué derechos obtiene un trabajador al firmar un contrato de trabajo?, al momento en que un trabajador firma un contrato de trabajo se hace acreedor de los siguientes conceptos, a saber:

  • Salario:
  • Aportes a seguridad social (salud, pensión, riesgos laborales).
  • Prestaciones sociales (prima de servicios, cesantías, intereses a las cesantías).
  • Vacaciones.
  • Aportes a caja de compensación familiar.
  • Auxilio de transporte.
  • Horas extra, trabajo suplementario, dominicales y festivos.
  • Pago de incapacidades de origen común o laboral.
  • Licencias laborales.
  • Viáticos.

Consulte nuestros editoriales ¿Cuánto le cuesta a un empleador la contratación de un trabajador que devengue un salario mínimo? y ABC de la liquidación de nómina.

En el siguiente video, Natalia Jaimes Lúquez, abogada consultora en derecho laboral, realiza un recuento de los derechos que adquieren los trabajadores al firmar un contrato de trabajo:

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