Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cude y Cufe: diferencias para tener en cuenta al momento de facturar electrónicamente


Cude y Cufe: diferencias para tener en cuenta al momento de facturar electrónicamente
Actualizado: 17 noviembre, 2020 (hace 3 años)

Al abordar los temas relacionados con facturación electrónica, es importante conocer ciertos conceptos clave al momento de cumplir con esta obligación.

Los conceptos Cude y Cufe corresponden a códigos alfanuméricos que contienen los documentos electrónicos, así como la factura electrónica.

En el siguiente video, nuestro conferencista Diego Guevara Madrid, destacado tributarista y líder de investigación en impuestos de Actualícese, aclara las diferencias entre los términos Cude y Cufe mencionados en el proceso de expedición de la factura electrónica.

De acuerdo con lo expuesto por nuestro conferencista, el artículo 1 de la Resolución 000042 de 2020, en sus numerales 11 y 12, señala que el código único de facturación electrónica –Cufe– es un requisito de la factura electrónica, constituido por un valor alfanumérico que permite identificar de manera inequívoca la factura. Este código es incluido en los demás documentos e instrumentos que se deriven de dicha factura.

Por su parte, el código único de documento electrónico –Cude– es un requisito de las notas de débito, de crédito y demás instrumentos electrónicos que se deriven de la factura electrónica. Este código se encuentra constituido por un valor alfanumérico que permite identificar tales documentos.

Así pues, mientras el Cufe se refiere, exclusivamente, al código con el que es identificada la factura electrónica de venta, el Cude es el código con el que serán identificados los documentos electrónicos.

Ahora bien, a todo facturador electrónico, cuando solicita la autorización de la numeración de facturación, también le es asignada una clave técnica, la cual corresponde a un identificador único que es incluido en el proceso de generación del Cufe de las facturas electrónicas (ver el numeral 9 del artículo 1 de la Resolución 000042 de 2020).

Recordemos que, para cada factura electrónica o documento electrónico, es asignado un Cufe o Cude exclusivo, para su respectiva identificación.

Si deseas conocer más detalles respecto a la implementación de la facturación electrónica, puedes consultar nuestro editorial Facturación electrónica: desde los plazos hasta las sanciones.

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