Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Devolución del IVA para los más necesitados fue reglamentada: así funcionará la medida


Devolución del IVA para los más necesitados fue reglamentada: así funcionará la medida
Actualizado: 24 marzo, 2020 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿A quiénes se les devolverá el IVA?
  • Beneficiarios y monto de la compensación
  • Transferencia del dinero
  • Seguimiento de la medida

Se les dará prioridad a personas de departamentos y municipios según niveles de concentración de pobreza, población total y cobertura de programas sociales.

Ministerio de Hacienda determinará el listado de los beneficiarios y el monto de la compensación del IVA.

El Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 419 del 18 de marzo de 2020, con el cual reglamenta el artículo 21 de la Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019 respecto a la compensación del IVA para las población más necesitada.

Frente al tema, cabe recordar que luego de declarar el estado de emergencia, el presidente Iván Duque, entre las medidas económicas anunciadas, confirmó que se adelantará el inicio del programa de devolución del IVA para la población más vulnerable.

Dicho programa estaba previsto para iniciar en enero de 2021, en un marco piloto, para cerca de 100.000 familias; sin embargo, a raíz de la emergencia sanitaria por la que atraviesa el país a raíz de la propagación del coronavirus (COVID-19) se decidió anticipar su entrada en vigencia. Con esta reglamentación, la idea es comenzar a partir del mes de abril, «buscando esa devolución de recursos para cerca de un millón de colombianos”, recalcó el mandatario.

El decreto explica algunos puntos, como el objeto de la medida, metodología de focalización, quiénes serán los beneficiarios y el monto que recibirán.

“Ministerio de Hacienda determinará, a través de una resolución, el listado de los beneficiarios y el monto de la compensación del IVA”

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¿A quiénes se les devolverá el IVA?

  • Se realizará una selección por entidades territoriales, dándole prioridad a departamentos y municipios según los niveles de concentración de pobreza, población total y cobertura de programas sociales.
  • El registro del Sisbén se tomará como base para identificar los hogares en niveles de pobreza y pobreza extrema.
  • El Departamento Nacional de Planeación –DNP– también podrá establecer otros criterios de determinación de beneficiarios.
  • Teniendo listo el listado, el Gobierno nacional expedirá una resolución y establecerá el monto a entregar, basado en la disponibilidad presupuestal.

Beneficiarios y monto de la compensación

  • El Ministerio de Hacienda determinará, a través de una resolución, el listado de los beneficiarios y el monto de la compensación del IVA, según la metodología de focalización establecida por el DNP y teniendo en cuenta el marco fiscal de mediano plazo y la disponibilidad presupuestal.
  • Este mismo Ministerio podrá solicitar a las entidades competentes una lista que especifique, de forma individualizada, las personas que cumplen con los criterios de focalización.
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Transferencia del dinero

  • El monto fijado se girará bimestralmente a través del sistema que el Ministerio de Hacienda defina.
  • El sistema de transferencia que se utiliza con programas como Familias en Acción o Colombia Mayor sería usado para esta devolución.
  • En ningún caso, un hogar beneficiario de dos programas de asistencia a la población vulnerable podrá recibir doble reconocimiento de la compensación del IVA.
  • Si en un hogar hay dos beneficiarios de programas sociales y resultan incluidos en la lista de personas a las que les devolverán el IVA, se definirá a cuál de los dos integrantes del hogar se le hace la transferencia.
  • Para garantizar el giro efectivo de la compensación del IVA a los beneficiarios antes de junio de 2020, el Ministerio del Trabajo podrá canalizar los recursos a través del operador fiduciario que administre el fondo de solidaridad pensional.

Seguimiento de la medida

  • El DNP se encargará de realizar seguimiento a los resultados del esquema de compensación del IVA.
  • De igual forma, podrá evaluar la operación, resultados e impacto de la compensación.
  • A partir del seguimiento y evaluación de la compensación, esta entidad podrá efectuar los ajustes necesarios para garantizar el funcionamiento adecuado del esquema.

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