Sobre la devolución del IVA propuesto en la reforma tributaria 2019, Alejandra Espinosa afirma que se deben fijar criterios de cumplimiento y mecanismos de verificación.
Propuesta de los tres días sin IVA es política y coyuntural para minimizar el impacto social a raíz del paro nacional.
Sobre la devolución del IVA propuesto en la reforma tributaria 2019, Alexandra Espinosa afirma que se deben fijar criterios de cumplimiento y mecanismos de verificación.
Propuesta de los tres días sin IVA es política y coyuntural para minimizar el impacto social a raíz del paro nacional.
Para Alexandra Espinosa, abogada asociada de EB Asesores Legales y especialista en derecho tributario, societario y comercial, brindarle beneficios tributarios a las empresas que creen empleo para jóvenes entre 18 y 28 años, tiene efectos positivos en cuanto a la generación de empleo, pero en materia fiscal impactará negativamente el recaudo y las proyecciones futuras de crecimiento del PIB.
Aunque en principio parece una propuesta un poco arriesgada e incluso difícil de cumplir, pues se necesita la bancarización de los futuros beneficiarios, en Colombia ya existen modelos similares de incentivos a las familias más vulnerables que se han implementado durante los últimos años y que se pueden considerar exitosos.
Tenemos, por ejemplo, el programa de transferencias monetarias condicionadas de Familias en Acción, que son incentivos económicos entregados directamente a las familias inscritas por intermedio del Departamento de Prosperidad Social.
En cuanto a la devolución del IVA, deben fijarse criterios de cumplimiento y mecanismos de verificación para que se pueda seleccionar el grupo de la población que será beneficiado con este incentivo.
En este momento existen dos modalidades de entrega de incentivos que pueden replicarse en el proyecto de devolución de IVA:
Esta propuesta, al igual que otras que se incluyeron dentro del articulado de la Ley de crecimiento económico, causará un impacto en las expectativas que se tenían sobre la reforma tributaria y el crecimiento del PIB de los próximos años.
Fedesarrollo indicó que el recaudo adicional esperado para los próximos cinco (5) años disminuirá progresivamente así: 0,5 % del PIB en el 2020, 0,8 % en el 2021, 1 % en el 2022, 1,3 % en el 2023 y 1,4 % en el 2024. Esto quiere decir que financieramente no reportará ningún beneficio.
Los beneficios que se esperan son estrictamente políticos y sociales. De hecho, incluir estos artículos fue una decisión política y coyuntural para intentar minimizar el impacto de las circunstancias sociales actuales surgidas a partir del paro nacional.
La reducción gradual del 12 % al 4 % en los aportes en salud para los pensionados que ganan hasta cuatro salarios mínimos al mes implica un esfuerzo fiscal de 1,3 billones de pesos aproximadamente. A esto hay que sumarle que la cobertura para todos implica un déficit superior a los 3 billones de pesos, según los cálculos del Ministerio de Hacienda, motivo por el cual el Ejecutivo objetó la propuesta en un comienzo.
Si bien es cierto que la protección de los derechos fundamentales es prioritaria y la sostenibilidad fiscal nunca debe ser una excusa para restringir el alcance o protección efectiva de estos, hay que tener en cuenta que al reducir los aportes de los pensionados en los ocho puntos porcentuales propuestos en la Ley de crecimiento económico, el sistema de salud dejará de percibir $3,1 billones de pesos anuales.
El impacto fiscal que tendrá esta medida de reducción es significativo, por lo tanto, se debe plantear alguna fórmula de compensación de dicha fuente de ingresos y esta, necesariamente, será con la propuesta de nuevos tributos, el aumento de la tasa impositiva de los existentes o la eliminación de gastos.
En el ámbito social, es imprescindible mejorar las condiciones de los adultos mayores y, precisamente, rebajar el porcentaje de los aportes en salud va encaminado a este fin. Sin embargo, hay que tener la claridad suficiente para vislumbrar las consecuencias de esta medida en el corto y mediano plazo, pues el Estado dejará de recibir unos ingresos significativos y necesarios para el funcionamiento de este. Por lo cual, es fundamental una reforma pensional de mayor cobertura, ajustada a nuestra realidad, pero, sobre todo, que sea sostenible.
Esta medida tiene efectos positivos en cuanto a la generación de empleo, pero en materia fiscal impactará negativamente el recaudo y las proyecciones futuras de crecimiento del PIB. No obstante, a largo plazo el hecho de aumentar la cantidad de empleos en empresas debidamente constituidas aumentará el porcentaje de empleados formales, los cuales a su vez serán contribuyentes futuros.
El impuesto de normalización tributaria es una herramienta efectiva y una oportunidad valiosa de regularse para las personas naturales contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, que al 1 de enero de 2019 contaban con activos omitidos o pasivos inexistentes.
Este impuesto ha generado efectos positivos en materia fiscal. Solo en este año, un total de 5.400 ciudadanos se acogieron. Esto representó para la entidad un recaudo de $1,1 billones en impuesto de normalización tributaria y superó en 11,5 % la meta proyectada por la entidad cuando inició la jornada contemplada en la Ley de financiamiento.
No solo incrementa la fuente de ingresos y garantiza un mayor recaudo del impuesto de renta, sino que además permite identificar los activos de las personas naturales en su verdadera dimensión.
Por otra parte, los contribuyentes que se acojan a esta medida gozan de grandes beneficios tributarios relacionados con el incremento patrimonial que pueda generarse por concepto de lo dispuesto en esta norma y que no dará lugar a determinación de renta gravable por el sistema de comparación patrimonial y generación de renta líquida gravable por activos omitidos en el año en que se declaren o en los anteriores, respecto de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementario. La inclusión de la normalización de activos no acarreará sanción alguna en ningún impuesto con efectos retroactivos, entre otros.
En conclusión, este impuesto ha traído beneficios indiscutibles tanto en materia fiscal como para el contribuyente que se acoge a esta medida.