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Donaciones, ¿cómo deben reportarse en la información exógena?


Actualizado: 2 mayo, 2017 (hace 7 años)

Mediante la Resolución 000112 de octubre 29 de 2015 (modificada parcialmente por las resoluciones 000084 de diciembre 30 de 2016, 000016 de marzo 15 de 2017 y 000022 de abril 10 de 2017) se solicitó la información exógena del año gravable 2016. Al respecto, debe recordarse que las donaciones también deben ser reportadas en varios de los formatos previstos para la presentación de exógena.

De esta manera, según el artículo 5 de la Resolución 000112 de 2015 las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica con organismos internacionales, deben reportar en el formato 1159 v.8, entre otra información, las donaciones en dinero que se hayan realizado conforme a lo estipulado en los artículos 125, 125-4, 126-2 y 158-1 del ET (las versiones de estos artículos previo a la entrada en vigencia de la Ley de reforma tributaria 1819 de 2016 hacían referencia a: deducción por donaciones y sus requisitos; deducción por donaciones a la Corporación General Gustavo Matamoros D’Costa; y, deducción por donaciones e inversiones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación) y del artículo 16 de la Ley 814 de 2003 (beneficios tributarios a la donación o inversión en producción cinematográfica), lo anterior a través del concepto 5013. Las donaciones que sean diferentes en dinero deben reportarse en el concepto 5014.

Por otra parte, los señalados en los literales del a) al j) del artículo 4 de la Resolución 000112 de 2015 deben reportar en el formato 1001 v.9 las donaciones que cumplan con las condiciones antes señaladas. Las realizadas en dinero deben reportarse en el concepto 5013 y las demás en el 5014.

Además, los señalados en los literales a y b del artículo 4 de la resolución en mención deben reportar en el formato 1011 v.6 los valores solicitados como deducción por donación en los conceptos 8217, 8219 a 8225 según la entidad a la que se haya realizado la donación.

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