Transferir a la Contraloría General de la República la función de determinar las normas contables del país es contrario a las mejores prácticas internacionales.
Sería un retroceso en materia contable y control público, y afectaría los avances logrados en materia de información financiera pública.
Transferir a la Contraloría General de la República la función de determinar las normas contables del país es contrario a las mejores prácticas internacionales.
Sería un retroceso en materia contable y control público, y afectaría los avances logrados en materia de información financiera pública.
Continúa el debate alrededor del proyecto de ley que busca eliminar la Contaduría General de la Nación, así como la figura del Contador General de la Nación, y trasladar sus funciones a la Contraloría General de la República.
Por lo anterior, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP– organizó el webinar ¿Por qué es necesaria la Contaduría General de la Nación?, en el que Leonardo Varón, consejero del CTCP, expuso el punto de vista de la entidad alrededor de querer derogar el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia.
Artículo 354. Habrá un Contador General, funcionario de la rama ejecutiva, quien llevará la contabilidad general de la Nación y consolidará ésta con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan, excepto la referente a la ejecución del presupuesto, cuya competencia se atribuye a la Contraloría.
Corresponden al Contador General las funciones de uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país, conforme a la ley.
Parágrafo. Seis meses después de concluido el año fiscal, el Gobierno nacional enviará al Congreso el balance de la Hacienda, auditado por la Contraloría General de la República, para su conocimiento y análisis.
Para Varón, transferir a la Contraloría General de la República las funciones de uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, y la de determinar las normas contables que deben regir en el país, según la ley, es contrario con las mejores prácticas internacionales.
El principio de independencia en las entidades fiscalizadoras superiores es un elemento fundamental para realizar la auditoría que se requiere por parte de la Contraloría General de la República. Según explica:
Lo anterior puede entenderse como un retroceso en materia de la contabilidad y el control público, y afecta los avances logrados en materia de información financiera pública, por la centralización en un único organismo de la regulación, registro, control, y la capacidad y función de auditar y dictaminar los estados contables de la Nación.
Así se estaría convirtiendo nuevamente a este organismo en juez y parte –puesto que además de emitir las normas contables será el encargado de la aprobación de las cuentas– auditoría, que está fundamentada en estándares emitidos por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras.
Para Varón, si la Contraloría General de la República es nuevamente la encargada de dictar las normas y consolidar la información contable pública, podría tener un efecto negativo y adverso frente a organismos multilaterales como el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo, el Fondo Monetario Internacional y la OCDE.
Estas entidades han recibido y valorado la separación entre quienes son responsables de la gestión pública y quienes controlan y dictaminan la información contable y presupuestal, pudiendo ello tener efecto en la transparencia y gobernanza de las entidades públicas.
Varón explica que la convención de las Naciones Unidas, celebrada en el 2004, al referirse a la lucha contra la corrupción planteó la necesidad de una contabilidad separada del control fiscal, ya que esto ayudaría a combatir el fraude, prevenir el blanqueo de capitales, facilitar la prevención de las operaciones sospechosas sobre el soborno trasnacional, entre otros ítems sobre los cuales se ha venido legislando en el país.
Desde el punto de vista del CTCP, es un deber de esta entidad, dentro de los límites de la Constitución y la ley, llamar la atención de las autoridades de regulación y del Gobierno nacional sobre los efectos que tendría esta propuesta de reforma constitucional. Al respecto, Varón expone:
En caso de aprobarse, podría afectar la confianza que los terceros tienen en los informes financieros de las entidades gubernamentales y los compromisos del Estado con entidades multilaterales como consecuencia del traslado de esta función a la Contraloría General de la República.
Lo anterior afectaría la imagen positiva que en los últimos años ha ganado Colombia al establecer una base contable adaptada con Estándares Internacionales, que tiene como propósito tener cuentas claras e información de alta calidad, transparente y comparable, que permite tomar decisiones sobre asignación de recursos sirve como instrumento para la rendición de cuentas y el control.