Obligar a los trabajadores a abrir una cuenta de nómina en el banco que la compañía indica, o cambiarse de entidad cuando la empresa modifica el proveedor no es permitido. Lo anterior hace que las personas comparen y escojan una entidad bancaria que les ofrezca beneficios a través de las cuentas de nómina.
Obligar a los trabajadores a abrir una cuenta de nómina en el banco que la compañía indica, o cambiarse de entidad cuando la empresa modifica el proveedor no es permitido. Lo anterior hace que las personas comparen y escojan una entidad bancaria que les ofrezca beneficios a través de las cuentas de nómina.
Como lo establece el artículo 4 de la Ley 1527 de 2012, «en cualquier caso el beneficiario tiene derecho de escoger libre y gratuitamente cualquier entidad operadora para efectuar operaciones de libranza, así como aquella a través de la cual se realiza el pago de su nómina, honorarios o pensión». De igual manera, el artículo 12 de la misma ley establece que el beneficiario tiene derecho de escoger libre y gratuitamente cualquier entidad para el pago de su nómina.
Por su parte, la Corte Constitucional, en su Sentencia C-041 de 2.000 dice: «En lo relativo a pagos que tengan origen en vínculos laborales, no puede el patrono obligar a los trabajadores a abrir cuentas para recibir su salario o las prestaciones que le corresponden, y mucho menos indicarle el nombre de la institución financiera en que lo haga».
Con lo anterior queda claro que no es el empleador quien puede imponer al trabajador una entidad financiera determinada para el giro mensual de su salario, sino que será el empleado quien escogerá dónde la empresa deberá consignar su dinero.
Dicho esto, queda abierta una «guerra» en cuanto a los beneficios que las cuentas de nómina, por parte de las entidades bancarias, ofrecen tanto a empresas como empleados. Elsa Patricia Manrique, vicepresidenta de estrategia y desarrollo del Banco Caja Social, en opinión publicada por Actualícese afirma que en Colombia las entidades financieras vienen desarrollando interesantes ofertas para la cuenta de nómina, que incluyen la eliminación de los cobros, la promoción del ahorro y la oferta de crédito en condiciones preferenciales. «Por ello, es importante que los trabajadores se informen ampliamente sobre las condiciones existentes y tomen una decisión consciente sobre el particular», dice.
Manrique afirma que hoy existe un alto desconocimiento respecto al hecho de que las empresas no pueden obligar a los trabajadores a abrir cuentas en una entidad financiera determinada. «Se entiende que prefieran pagar la nómina en una única entidad por facilidades operativas y beneficios que, de ordinario, obtienen en los convenios de nómina. Sin embargo, se está observando que las empresas de mayor tamaño comienzan a dejar en absoluta libertad a sus empleados, mientras que otras con menores capacidades administrativas y operativas dan un abanico de opciones a sus trabajadores», afirma.