Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Estados Financieros: importancia de los papeles de trabajo y la documentación


Estados Financieros: importancia de los papeles de trabajo y la documentación
Actualizado: 9 febrero, 2017 (hace 7 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Importancia de los papeles de trabajo
  • Documentación según la NIA 230
  • Informe del revisor fiscal según el artículo 209 del Código de Comercio

Con los papeles de trabajo un contador público deja constancia de las labores realizadas para emitir su juicio profesional. Por otra parte, la NIA 230 trata el tema de la documentación en los procesos de auditoría.

Los Estados Financieros Certificados son aquellos firmados por el representante legal y por el contador público que los preparó, dando testimonio de que han sido fielmente tomados de los libros y se han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento.

Por otra parte, los Estados Financieros Dictaminados son aquellos acompañados por la opinión profesional del contador público que los examinó con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas.

Cabe anotar que los Estados Financieros deben estar acompañados de sus Notas, con las cuales conforman un todo indivisible.

Cuando el auditor externo o el revisor fiscal elaboran un examen de los Estados Financieros, lo que hacen básicamente en el dictamen es reflejar cuál fue el resultado de dicho análisis, y por ende deben dejar un reporte de la tarea que desarrollaron.

Importancia de los papeles de trabajo

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El artículo 9 de la Ley 43 de 1990 trata el tema de los papeles de trabajo. Mediante los papeles de trabajo, el contador público deja constancia de las labores realizadas para emitir su juicio profesional.

Estos papeles, los cuales son propiedad exclusiva del contador público, se prepararán conforme a las normas de auditoría generalmente aceptadas.

Además, “los papeles de trabajo podrán ser examinados por las entidades estatales y por los funcionarios de la Rama Jurisdiccional en los casos previstos en las Leyes. Dichos papeles están sujetos a reserva y deberán conservarse por un tiempo no inferior a cinco (5) años, contados a partir de la fecha de su elaboración”.

Documentación según la NIA 230

La NIA 230 habla sobre la documentación en los procesos de auditoría; aunque finalmente es el dictamen el que da fe del trabajo realizado por el profesional contable. El artículo 208 del Código de Comercio establece el contenido mínimo de los informes del revisor fiscal sobre balances generales:

  1. Si ha obtenido las informaciones necesarias para cumplir sus funciones.
  2. Si en el curso de la revisión se han seguido los procedimientos aconsejados por la técnica de la interventoría de cuentas.
  3. Si en su concepto, la contabilidad se lleva conforme a las normas legales y a la técnica contable, y si las operaciones registradas se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la asamblea o junta directiva, en su caso.
  4. Si el balance y el estado de pérdidas y ganancias han sido tomados fielmente de los libros; y si en su opinión el primero presenta en forma fidedigna, de acuerdo con las normas de contabilidad generalmente aceptadas, la respectiva situación financiera al terminar el período revisado, y el segundo refleja el resultado de las operaciones en dicho período.
  5. Las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los Estados Financieros.
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Informe del revisor fiscal según el artículo 209 del Código de Comercio

El artículo 209 del Código de Comercio también presenta el contenido del informe del revisor fiscal presentado a la asamblea o junta de socios, el cual deberá expresar:

  1. Si los actos de los administradores de la Sociedad se ajustan a los estatutos y a las órdenes o instrucciones de la asamblea o junta de socios.
  2. Si la correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de acciones, en su caso, se llevan y se conservan debidamente.
  3. Si hay y son adecuadas las medidas de control interno, de conservación y custodia de los bienes de la sociedad o de terceros que estén en poder de la compañía.

Si quiere ampliar esta información, lea nuestro análisis Emisión de Estados Financieros certificados y dictaminados.

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